lunes, mayo 18, 2026

Una denuncia de un ingeniero químico ecuatoriano, contra una gigante mundial de la industria, llega a la Asamblea

Una disputa entre un empresario químico ecuatoriano y una multinacional que está entre las más grandes del mundo de la industria química, provoca la intervención del asambleísta nacional y ex presidente de la República, Lució Gutiérrez, en favor del denunciante. El caso, que se investiga en la Fiscalía (hay una denuncia del Ing. químico Carlos Proaño por presunta estafa continuada contra la multinacional) ha sido elevado, por el propio legislador, al conocimiento de la Fiscal General del Estado, del Defensor del Pueblo y del presidente del Consejo de la Judicatura. Esta es la historia.

Redacción Plan V

Por: Redacción Plan V

A fines de mayo de este año, el legislador nacional por Sociedad Patriótica y ex presidente de la República, Lucio Gutiérrez, envió cartas oficiales desde su despacho a varias autoridades de control sobre una denuncia particular que, según dijo en los oficios, le había llegado con la documentación pertinente y se refería a una denuncia penal por presunta estafa continuada en contra de una empresa multinacional, de la industria química (la tercera más grande del mundo) y sus socios locales. Las autoridades que recibieron estas cartas fueron la Fiscal General del Estado, el Defensor del Pueblo y el Director del Consejo de la Judicatura. El denunciante, un ingeniero químico ecuatoriano y empresario de la industria química, un hombre de la tercera edad, denunciaba que este gigante mundial lo habría despojado de su fábrica y de un patrimonio trabajado a lo largo de cuatro décadas, en Yaruquí, oriente de Quito.

La carta, en el mismo texto para las tres autoridades, decía que «En virtud del escrito y anexo que dirige al despacho de mi curul legislativa, el señor Carlos Proaño Dollera, en la que da a conocer (una) denuncia sobre la presunta irregularidad e injusticia dentro de la Investigación Previa número 170… que por el delito de estafa continuada (…) que recayó en la Fiscalía de la Unidad de Delitos contra el Patrimonio Ciudadano». Luego, el legislador citaba varias normas constitucionales respecto al debido proceso y hacía su petición: «Con estos antecedentes corro traslado con esta denuncia, para su respectiva investigación y seguimiento, a fin de garantizar una justicia digna e imparcial y nos informe oportunamente al respecto».  Y adjuntaba copia «del requerimiento oportuno»  a al Fiscal General y al Consejo de la Judicatura. 

Con un oficio, la fiscal Diana Salazar respondió al asambleísta Gutiérrez Borbúa. Le dijo que «con la finalidad de atender lo informado he dispuesto a la Dirección de Control Jurídico y Evaluación de la Actuación Fiscal, de la Fiscalía General del Estado, que se proceda a realizar de oficio el control jurídico del referido expediente». Hubo un informe de la Fiscalía que fue remitido por la entidad de control al denunciante, Carlos Proaño, «en el cual se exponen las conclusiones y los hallazgos encontrados en la tramitación del expediente fiscal».

El 12 de junio, Gutiérrez volvería sobre el tema, esta vez en una entrevista radial en el espacio matutino de las entrevistas noticiosas, dirigido por el periodista Oswaldo Morocho, en la emisora La poderosa, 92.9 FM. Ahí Gutiérrez no sólo que expuso los nombres de la multinacional demandada y su socio local, sino que calificó a Proaño como un hombre de la tercera edad, al que «se le ha despojado del fruto de cuarenta años de trabajo por parte de una multinacional». Sin embargo, al final de la entrevista, a una pregunta directa del periodista, dejó caer una revelación: que en ese predio o planta industrial se habría instalado una fábrica de ácido sulfúrico, en la zona de Yaruquí, parroquia rural del cantón Quito, cercana al aeropuerto internacional de la capital.

El asambleísta, en su calidad de legislador, anunció que también investigaría esa situación con pedidos desde su despacho al Ministerio del Ambiente y a las autoridades ambientales del Municipio de Quito. 

La historia: de qué se trata todo esto

Carlos Proaño Dollera es ingeniero químico graduado en la Escuela Politécnica Nacional del Ecuador, en 1974.  En ese mismo año, el joven profesional, junto a varios inversionistas, lideró la constitución de una empresa que combinaría la innovación y la comercialización de productos químicos. En un testimonio para Plan V, contó su historia:

Carlos Proaño Dollera.

El objetivo fue la producción de las llamadas especialidades químicas para diferentes actividades: industria textil, industria del cuero, actividad agrícola entre otros. La química es fundamental para los procesos de producción, por ejemplo, para la curtiembre del cuero o para los micronutrientes alimenticios de las plantas. El Ing. Proaño fue accionista mayoritario y su gerente general desde el inicio. Con esta sociedad, los profesionales trabajaron para obtener y comercializar productos químicos que hasta ese momento se importaban en el país. Un año después, la empresa compró un terreno, de cerca de nueve hectáreas, en Yaruquí, una zona rural ubicada al nororiente de Quito. Ahí se construyeron las facilidades necesarias para cumplir los objetivos. Esto es: accesos, servicios generales, bodegas, oficinas, laboratorios, áreas de servicios industriales y de envasado, áreas de procesos para reactores, planta de secado, taller mecánico y otros.

Proaño contó que «la empresa creció por el empuje de sus ejecutivos e investigadores.  La marca empresarial fue reconocida por el mercado, usuarios y proveedores. Para 1985, la empresa fue la primera en el área de los países andinos en producir un elemento fundamental para la curtición basada en cromo. Ese reconocimiento se extendió al exterior cuando empresas como Holanda-Ecuador, que luego sería Brenntag, fue representante de su empresa por 25 años y cubrían el mercado local y los países vecinos. Sus productos se exportaban a Colombia, Perú, Venezuela y Centroamérica. Se llegó a competir en igualdad de condiciones de calidad con productos de la alemana Bayer». El representante comercial de Bayer en Ecuador era la empresa Holanda-Ecuador que decidió conversar con Carlos Proaño y le propuso juntarse para una relación que duro un cuarto de siglo.

«El cuero, explica Proaño, está constituido por fibras de colágeno y este se descompone y se contamina por la acción bacterial. El cromo forma una estructura química con el colágeno y evita la putrefacción; se convierte en un producto no perecible. El problema de la curtición con cromo es que, para usarlo se requiere mucha agua y esta debe ser tratada antes de volver a sus cauces naturales.

«Otros productos fueron los suplementos de micronutrientes para la producción agrícola. Estos fueron usados en importantes plantaciones florícolas colombianas y nacionales con todo éxito. Uno de estos es un quelato orgánico de alta pureza y solubilidad que permite el aporte de hierro, integrado en una estructura de muy alta estabilidad».

«La empresa también desarrolló un producto complementario para lograr una curtición ecológica, que tenía la virtualidad que se usaba sin modificar el proceso industrial y lograba que el residuo de cromo en las aguas residuales baje más allá del rango que determinaba la norma para el cromo en aguas residuales.

«Otros productos fueron los suplementos de micronutrientes para la producción agrícola. Estos fueron usados en importantes plantaciones florícolas colombianas y nacionales con todo éxito. Uno de estos es un quelato orgánico de alta pureza y solubilidad que permite el aporte de hierro, integrado en una estructura de muy alta estabilidad para garantizar su máximo aprovechamiento por el organismo vegetal, aún bajo condiciones adversas de medios altamente alcalinos.

«Los quelatos de micro elementos son estructuras de complejos orgánicos que sirven de protección y transporte de elementos vitales para la adecuada nutrición vegetal. Otra característica de Full Ferrum es su estabilidad y la capacidad para disolverse instantanea y completamente en el agua y en el suelo, lo que permite un alto aprovechamiento. Así, se desarrolló un conjunto de quelatos orgánicos de alta sofisticación técnica y muy alta calidad. Estos productos resultaron un aporte científico para la nutrición vegetal, que competían y compiten especialmente con productos de origen europeo.

«Fue toda una gama de micronutrientes agrícolas de altísima calidad, producidas por síntesis de seis tipos de estructuras orgánicas diferentes. Este completo paquete de especialidades se aplicaban para generar un adecuado crecimiento de las plantas, resistencia a las enfermedades, óptima apariencia y superiores cualidades organolépticas de sabor y color, para cultivos altamente tecnificados, y producciones muy competitivas para un mercado nacional e internacional cada vez más exigente.

«Fue toda una gama de micronutrientes agrícolas de altísima calidad, producidas por síntesis de seis tipos de estructuras orgánicas diferentes. Este completo paquete de especialidades se aplicaban para generar un adecuado crecimiento de las plantas, resistencia a las enfermedades, óptima apariencia y superiores cualidades organolépticas de sabor y color».

«Las especialidades desarrolladas durante 44 años de investigación se concretaron en el orden de 350 productos y marcas para la siguiente gama de distintas especialidades: agro, cuero, textil, consumo, industrial y sanitización».

Todo este trabajo intelectual de cuarenta y cuatro años, conjuntamente con toda la infraestructura de producción «fue objeto de un planificado despojo», según la denuncia penal por estafa continuada, que Proaño presentó en contra de varios ex socios, y que, aseguró, lo habrían despojado de su patrimonio «con engaños». El estimado valor de los activos mencionados tenía a la fecha un valor real del orden de USD 12 millones.

El hecho

Carlos Proaño es un hombre menudo y de apariencia frágil. Su afán, dijo, estaba en el crecimiento empresarial hacia otros mercados, sobre todo internacionales. Confiaba plenamente en la calidad de sus productos y las posibilidades de otros desarrollos. Según su testimonio, en el año 2004 conoció un empresario quiteño, gerente de una empresa de la competencia, quien lo visitó en su  oficina para conversar sobre un proyecto de producción de sulfato de magnesio y una asesoría técnica sobre problemas ambientales que tenía con su fábrica de ácido sulfúrico, ubicada al Sur de Quito. En él pensó, cuenta Proaño, cuando dos años después decidió contactar con otras empresas para crecer en su capacidad de oferta. La empresa del sur, como proveedora de insumos básicos en el sector agrícola tenía un mercado común con la empresa de Proaño, que fabricaba y proveía paquetes de especialidades químicas destinadas al sector agrícola. 

El gerente de la empresa competidora presentó interés en un proyecto conjunto e informó a Proaño que era socio de la multinacional que operaba en 160 ciudades de 40 países de cuatro continentes, con ventas anuales del orden de USD 2800 millones, que tenía una enorme fortaleza en la compra, transporte y logística de productos básicos para agricultura. Pero la mega empresa tenía un vacío y era el desconocimiento del manejo de especialidades en la agricultura. Esta multinacional crecería aún más luego de algunos años, para en el 2022 concretar la venta del 80 % de las acciones a la financiera estadounidense Lone Star Funds.

2800 millones es la facturación anual de la empresa multinacional que tuvo tratos con proaño, y que actúa en 160 ciudades de 40 países.

La oferta fue en primera instancia comprar la empresa de Proaño, pero les habría advertido que sólo el terreno estaba valorado en USD 8 millones aproximadamente. Entonces, dijo, se le propuso fundar una nueva empresa en la cual tendría el 42% de las acciones, más un pago de USD 805.000, con lo cual cedía su empresa y sus conocimientos técnicos para la alianza empresarial. El resto de acciones correspondería a los nuevos socios.

Dado el interés mutuo, se le pidió que preparara una presentación completa sobre su empresa y sus productos para conocimiento del directorio de la multinacional, y presentar a su vez un proyecto de asociación con la otra empresa. Interesada en sumo grado, dijo Proaño, la multinacional envió a Ecuador a dos altos ejecutivos, quienes visitaron la planta. «Constataron de primera mano la infraestructura instalada, sus procesos y capacidad de producción y la organización empresarial. Satisfechos, ratificaron el interés de la multinacional de una asociación con Proaño, quien dijo en la reunión que de esa alianza esperaba acceso a los mercados internacionales para sus productos, capacidad de abastecimiento y financiamiento de materias primas. Proaño, a su vez, ofreció tecnología, infraestructura, capacidad de producción, conocimiento y manejo comercial y técnico de las especialidades químicas».

A pesar de ser un gigante de la industria, la multinacional no manejaba ni tenía experiencia en las especialidades agrícolas, en ninguna parte del mundo. La pequeña empresa, creía Proaño, sería una pieza fundamental en el engranaje mundial de la gran empresa, pero a su vez aportaba una rama de la química que potenciaría a las dos empresas hacia una etapa superior del mercado.

Hubo algunas reuniones más y, «con una total buena fe y confianza en la promesa de que sus intereses serían protegidos y respetados», dijo Proaño en su denuncia, firmó un contrato de cesión del 55% de las acciones a la empresa de su nuevo socio. Fue en el 2009. Quedó estipulado, dijo el denunciante, que el nuevo socio se encargaría del manejo administrativo y financiero y que Proaño sería el responsable del desarrollo tecnológico y científico. Para ello se constituiría una nueva empresa, y de acuerdo a esas condiciones y compromisos tendría el 42% de participación.

Unos dos meses después, y como aseveró en su denuncia, «sin conocimiento ni consentimiento alguno», en julio del 2009, en una notaría de Quito, «dos miembros de un estudio juridico representante de la multinacional, constituyeron la nueva empresa, con una participación del 50% cada uno».

Proaño dijo que reclamó por este acto en reiteradas ocasiones al gerente de la nueva empresa, tanto personalmente como a través de correos electrónicos «y la respuesta fue negarse a firmar un formato de cesión de acciones. La respuesta fue que el estudio jurídico que representaba a la multinacional estaba a cargo de ese proceso».

42% de las acciones de una empresa química, que produce insumos químicos para la industria y micronutirentes acrícolas habría sido el compromiso de la multinacional y sus socios locales para con el ingeniero proaño.

Este representante legal en el Ecuador de la multinacional se reunió un par de veces con Proaño, contó el denunciante, y tras las conversaciones iniciales puso a cargo del proceso a dos abogadas de su oficina. Una de ellas informó a Proaño que estaba listo el proceso para la transferencia de acciones y pidió el pago de los impuestos por su transferencia del 42% de la empresa que Proaño pagó. 

La nueva empresa inició operaciones en las mismas instalaciones que habían pertenecido a Proaño y donde por más de 40 años desarrolló su actividad empresarial. Pasaron tres gerentes generales, «quienes certificaron por escrito los derechos accionarios de Proaño mientras el cumplía su compromiso de enfocarse en el proceso industrial sin injerencia en los movimientos financieros y contables de la empresa». Aseguró Proaño que manteniendo «su total confianza en la seriedad de la multinacional», él continuó su trabajo, y esa confianza pareció ratificarse en el 2011, cuando «la empresa recientemente conformada suscribió un acuerdo voluntario entre los supuestos socios, ratificando el compromiso societario».

En este acuerdo se determinó, dijo el denunciante, que ningún socio podía traspasar o vender acciones a ningún otro socio o tercera persona sin el conocimiento y autorización de los demás socios. En el mismo acuerdo, «la multinacional ratificó su compromiso de apoyo financiero y de abastecimiento». También se ratificó el nombramiento de Proaño como Director Técnico de la empresa por cinco años. Uno de los acuerdos que Proaño dijo haber cumplido en este trato comercial fue el traspaso del 75% del terreno a la nueva empresa y un 25% a la empresa de su socio, en junio del 2012.

La relación se mantuvo en estas condiciones. Pero Proaño, dijo en su denuncia, «advirtió de una sistemática intención de desvalorización de los activos que había aportado a la sociedad. En el balance a fines del 2015, el gerente general había presentado una valoración por USD 487.000 de los terrenos de la empresa, cuando este valía cerca de USD 8 millones».  Proaño dijo haber protestado por esa situación, de manera verbal y a través de correos, en los que acusó a sus supuestos socios de «pretender un perjuicio patrimonial». El reclamo condujo a una nueva valoración del terreno, realizado por una empresa contratada por su socio y cuya valoración por USD 3.369.733,  que tampoco satisfizo a Carlos Proaño. Este, a su vez, contrató a un arquitecto que valoró el terreno de 9 hectáreas en el área industrial al nor oriente de Quito, en USD 7.668.907. También contrató el avaluo de la maquinaria de la empresa, la cual se valoró en USD 700.000.

USD 8 MILLONES dice Proaño que costaba el predio donde estaba su empresa y que habría sido desvalorizado. Más de una década después hizo una denuncia judicial sobre la venta de ese terreno.

El 6 de octubre del 2016, según la denuncia, con un ejercicio de cálculos «se intentó bajar mi participación del 42% al 13%», según dijo Proaño.  Cuatro días después, en una nueva reunión, el 10 de octubre, el denunciante entregó a sus nuevos socios los resultados de los avaluos del terreno como de la maquinaria. No hubo respuesta.

Mientras tanto, el proceso de transferencia de acciones seguía estancado en el estudio jurídico del apoderado en Ecuador de la multinacional. Proaño así lo hizo notar en varios correos enviados a la responsable de ese proceso. En junio del 2017, una ejecutiva del bufete aseguró que se había confirmado la autorización para que se entreguen las acciones que reclamaba Proaño. Pero siete días después, un correo del apoderado de la multinacional preguntaba cómo la nueva empresa iba a garantizar el pago de USD 893.715, una presunta deuda que se habría aquirido por la gerencia de la empresa en la operación de esos años. Meses después, una nueva carta del mismo emisor indicaba que se procedería al cobro de un nuevo valor por la misma causa, esta vez por más de USD 2 millones Todos estos valores aparecieron, asegura Proaño, «sin que los haya conocido ni participado en el supuesto endeudamiento de la nueva empresa», pues como Director Técnico, dijo en su testimonio ante la Fiscalía «nunca tuvo acceso ni conocimiento de los manejos de gerencia». A pesar de ello, y de que sus acciones en la empresa aún eran nominales, Proaño dirigió una carta al apoderado de la multinacional indicando que si debía asumir como socio el pago correspondiente de ese dinero, se lo hiciera con una transferencia de sus acciones. La carta no obtuvo respuesta, dijo Proaño. Es más, el cheque por los USD 11.500 que este había entregado por el pago fiscal por el traspaso de las acciones, le fue devuelto.

Los reclamos de Carlos Proaño por los derechos accionarios que decía tener y por evitar la desvalorización de su participación en la nueva empresa continuaron sin respuesta, según dijo, de los principales corresponsables de esta operación empresarial. La transnacional habría delegado a un funcionario de menor rango para que mediante un correo de febrero del 2018 informara a Proaño que había sido delegado por los principales ejecutivos para continuar con el tema. Proaño dijo percatarse  percató de que «este se empecinaba en imponer el menor avalúo del terreno de Yaruquí como el único valor correspondiente a los derechos de Proaño en la nueva empresa. Este dinero era el único que se le reconocería y que si no lo aceptaba se le advirtió que el delegado se retiraría de las negociaciones”, aseguró.

USD 1 millón FUE EL PAGO QUE ACEPTÓ PROAÑO DE LA MULTINACIONAL, EN UNA MEDIACIÓN EN LA CÁMARA DE COMERCIO ECUATORIAnO AMERICANA, Y EN ESTA SE COMPROMETIÓ A NO EJERCER RECLAMO ALGUNO NI ACCIÓN JUDICIA EN LA POSTERIDAD.  Proaño dijo que se vio coaccionado a firmar este acuerdo.

El delegado llegó al Ecuador desde Europa a inicios de junio del 2018. El 5 de junio concerto una reunión con Proaño  en las instalaciones industriales ahora de la nueva empresa, únicamente para informarle personalmente que las otras dos empresas que estaban en sociedad con él, y a las cuales había entregado su patrimonio, ya poseían el 100% de las acciones y que no había forma de justificar pago alguno frente al directorio de la multinacional. Que estaba ahí para concretar la oferta de hasta USD 1.000.000 por concepto de transferencia de tecnología, pero que ese valor debía ser facturado a la nueva empresa, como condición necesaria para que se efectivice.

Foto referencial: Pixabay

Ambas partes llegaron a un acuerdo en un proceso de mediación en la Cámara de Comercio Ecuatoriano Americana. En esta se acordó que Proaño aceptaba el pago de USD 1 millón en seis partes a lo largo de seis meses. Pago correspondiente al «desarrollo de formulación producto y diseño de proceso para producción industrial» de 16 grupos de productos químicos; además de la capacitación técnica y comercial al equipo en Ecuador y en Colombia; los ensayos técnicos y capacitación directa a plantaciones en Ecuador y Colombia y las conferencias técnicas dictadas de presentación de productos para gerentes y técnicos de fincas florícolas aerícolas en Ecuador y Colombia.

«En consecuencia, las Partes declaran expresamente que no tienen nada más que reclamarse, dando por liquidadas todas y cada una de las obligaciones recíprocas entre ellas. Se ratifica que no existe ningún tipo de obligación personal pasada o presente por reclamar a (la empresa), sus representantes o accionistas…”, se señaló en el Acuerdo de mediación.

Ese mismo día de septiembre se firmó un acuerdo de Resciliación en la propia sede de la Cámara, en el cual se señala que las partes «han convenido de común acuerdo dejar sin efecto el Acuerdo Voluntario mediante la presente resciliación incluidas promesas verbales o escritas sobre compromisos o acuerdos de cesión de acciones o participación accionaria en cualquier tipo de compañía las que también quedan rescíliadas por no concretarse o materializarse».

«Las partes dejan sin efecto el Acuerdo Voluntario suscrito por las partes el 9 de junio de 2011 y cualquier otro tipo de acuerdo (…)». Así como también que «las partes ratifican que no mantienen pendiente de cumplimiento de  obligación contractual o extracontractual; además de la propia ratificación de este documento».

También se firmó que había «el expreso reconocimiento de renuncia a cualquier acción futura por parte
del Ingeniero Carlos Proaño Dollera en contra de (de las empresas) sus accionistas, funcionarios y representantes. Las partes, en base a los acuerdos libre y voluntariamente generados en esta acta, renuncian a iniciar cualquier tipo de reclamo futuro judicial o extrajudicial…”

Proaño dijo que no tuvo «más remedio que firmar tanto el Acuerdo de Mediación, como el Acuerdo de Resciliación». Su testimonio termina señalando que «fue el punto final de un proceso de despojo del trabajo y del patrimonio de más de 45 años al servicio de una vida honrada». 

La denuncia 

Carlos Proaño presentó una denuncia penal por estafa en contra de los ejecutivos de la multinacional y  y de todos quienes presuntamente participaron. Esta fue presentada el 19 de abril del 2023. En esta constan los hechos realtados por Proaño hasta el momento en que se dio la reunión con el delegado de la  multinacional en julio del 2018, en cual se desconocieron, según dijo su defensa «explicitamente los derechos accionarios acordados desde el inicio del proceso de asociación, y le ofrecieron la cantidad residual de un millón de dólares «o quedarme sin nada, y que esa oferta debía ser aceptada de manera inmediata».

La denuncia también señalaba que el valor real de la empresa era superior a los ocho millones de dólares. “Así, mediante coacción psicológica y con engaños fui despojado del patrimonio familiar que conseguí con mucho esfuerzo y dedicación por más de treinta años de actividad empresarial, afectado además mi salud y mi estado emocional”, dijo en su testimonio. Los ejecutivos fueron denunciados por presunta estafa, delito contemplado en el Art. 186 del Código Orgánico Integral Penal, que dice:

La persona que, para obtener un beneficio patrimonial para sí misma o para una tercera persona, mediante la simulación de hechos falsos o la deformación u ocultamiento de hechos verdaderos, induzca a error a otra, con el fin de que realice un acto que perjudique su patrimonio o el de una tercera, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

Esta denuncia se procesó en la Fiscalía de Patrimonio Ciudadano, dirigida por la fiscal Inés del Rocío Quishpe Alomoto. Luego de las pericias correspondientes, las evidencias documentales y testimoniales entregados por los denunciantes y las versiones de los involucrados la fiscal notificó a las partes y a sus defensas un auto de solicitud de archivo de la denuncia, el 4 de marzo del 2024, bajo el argumento de que la acción se encontraba prescrita. 

La fiscal Quishpe Alomoto sostuvo que “se evidencia que los hechos supuestamente punibles se dieron entre los años 2009, cuando el denunciante, en calidad de accionista, suscribe un contrato de cesión de acciones al señor (…), como gerente general y representante legal (de la otra empresa), y el año 2012 en relación a la suscripción del contrato de compra y venta de un inmueble. Lo que se desprende de la denuncia, además de la versión del denunciante y se corrabora con la ampliación de la versión del mismo, así como de las diligencias ordenadas y practicadas que reposan dentro de esta etapa preprocesal, se resalta que las partes están inmersas en un litigio de carácter netamente civil, debido a que el denunciante era perfectamente conocedor del negocio que estaba realizando. Es decir, en ningún momento fue engañado, nunca hubo la ocultación de hechos o la simulación de hechos falsos. Más bien se evidencia que la entrega del bien jsurídico protegido por parte del denunciante a los denunciados fue un acto consciente, deliberado, premeditado, potestativo, facultativo y sin coacción alguna. Que ahora, luego de más de 11 años después de haberlo realizado, la presunta víctima requiere que a través del Derecho Penal le sea restituido y reintregado un bien entregado voluntariamente a su libre albedrío; es decir, solicita que el engranaje jurídico penal solucione las consecuencias de sus actos, siento estos asuntos totalmente irrelevantes para el derecho penal; debiendo ser resueltos por la vía judicial correspondiente, pues el hecho  no constituye delito, ya que no reune los presupuestos de las categorías dogmáticas del delito, que es la tipicidad, antijuricidad y culpabilidad”.

11 AÑOS después, «la presunta víctima requiere que a través del Derecho Penal le sea restituido y reintregado un bien entregado voluntariamente a su libre albedrío; es decir, solicita que el engranaje jurídico penal solucione las consecuencias de sus actos, siento estos asuntos totalmente irrelevantes para el derecho penal», dijo la fiscal.

«La afirmación gratuita de la fiscal sobre este tema no aportó prueba alguna, tratándose tan solo de su opinión», dijo la defensa de Proaño al oponerse al fallo, «cuando, aseguró, durante todo el tiempo en que duró la investigación previa, se demostró con evidencia documental la forma en que se configuró el engaño y el delito denunciado de estafa continuada, pruebas que la fiscal no tomó en cuenta y ni siquiera mencionó en su escrito».

En enero del 2024, la defensa de la multinacional, sus socios locales y demás ejecutivos, dijo ante la Fiscalía encargada del caso que «el denunciante, en su clara inconformidad personal por un negocio realizado por él libre y voluntariamente, ahora ha activado con su denuncia el poder punitivo del Estado, en una evidente actuación extorsiva que, sin duda, tendrá repercusiones legales en su contra (…) por pretender distorsionar la realidad omitiendo intencionalmente circunstancias que evidencian que ningún delito se ha cometido».  Así, «deliberadamente el señor Proaño, en los hechos denunciados, mutila la verdad a su fraudulenta conveniencia, ocultando fechas e información de absoluta relevancia para la causa, como es el Acuerdo de Mediación, firmado por él en el año 2018, luego de que por su propia iniciativa activó lo servicios del Centro de Mediación de la Cámara de Comercio Ecuatoriano Americana de Quito, en donde,  como producto de tal acuerdo, no solo que recibió más un millón de dólares a su total conformidad, sin ningún tipo de coacción psicológica, engaño o afectación a su patrimonio o salud emocional, como ahora miente, sino que además se retificó en que no tenía nada que reclamar, ni existía obligación pendiente personal o con mi representada, y renunció expresamente a iniciar cualquier tipo de acción  judicial o extrajudicial».

La defensa de los denunciados, en su escrito, dijo que Proaño era un «falso denunciante que incumplió el Acta de Mediación» y que evidencia ahora hechos que no contemplan infraccción penal alguna, y que están prescritos. 

La fiscal, en su escrito, argumentó que el delito de estafa denunciado por Proaño se enmarcaba en el Art. 563 del Código Penal vigente en el momento de haberse cometido la presunta estafa. Es decir, según la fiscal, entre el 2009 y el 2012. El Art. 563 sancionaba el delito de estafa con una pena de seis meses a cinco años, por tanto, “la acción para perseguir el presunto hecho punible ocurrido ya está prescrita, por el tiempo trasncurrido desde la fecha en que se realizó el hecho, es decir entre el 2009 al 2012, hasta la actualidad ha pasado más de 11 años”.

Para la defensa de la multinacional y demás demandados, «conforme lo expuesto y corroborado por la Fiscalía, el presunto ilícito denunciado se cometió el 5 de julio del 2012, fecha en la que se suscribió la escritura pública de compraventa de un inmueble (…), bien que el denunciante alega es el objeto material del presente delito, es decir un negocio jurídico que ocurrió hace más de 11 años». Según la procuración judicial, el presunto delito había prescrito en cualquiera de los dos códigos penales, pues las sanciones por tal delito de estafa tienen penas máximas de 5 y 7 años respectivamente. 

La defensa de Carlos Proaño, en la respuesta de oposición a la resolución de la fiscal, dirigida al juez penal de la causa, dijo haber presentado no menos de 50 evidencias documentales de que la presunta estafa y engaños denunciados tuvieron un ámbito temporal hasta el 2018, sobre todo a través de correos electrónicos debidamente notarizados que demostraban, dijo la defensa, que los hechos denunciados continuaron hasta el 2018.

más de 50 evidencias fueron presentadas, dijo la defensa de proaño, y que habrían sido tomadas en cuenta por la fiscal, que además, no habría dado paso a recursos que pidieron sus abogados. 

En su resolución, la fiscal a cargo del caso acudió al Art. 417, numeral 3 del COIP, para justificar su afirmación de que la causa estaba prescrita. El numeral mencionado, sobre la prescripción de una acción cuando no se ha iniciado un proceso penal dice:

«El ejercicio público de la acción prescribe en el mismo tiempo del máximo de la pena de privación de libertad prevista en el tipo penal, contado desde que el delito es cometido. En ningún caso, el ejercicio público de la acción prescribirá en menos de cinco años».

Pero la fiscal omitió, dijo la defensa, el literal c) del mismo numeral 3 del artículo 417, que dispone que:

«En caso de un delito continuado, el plazo de la prescripción se contará desde la fecha en que la conducta cese».

Y esta conducta, según la defensa de Proaño, cesó el 5 de junio del 2018, cuando su defendido se reunió con el delegado de la empresa europea en las instalaciones de la planta química en Yaruquí y «fue conminado a aceptar un pago residual mínimo respecto al valor real de la empresa». Además, dijo la defensa, si como dice la ley el monto de la estafa supera los 50 salarios básicos unificados del trabajador, quien lo genera será sancionado con la pena privativa de la libertad de siete a diez años. Y esto, según el mismo COIP, significa que la acción prescribe en el mismo tiempo en que se estipula la pena máxima por ese delito, es decir, diez años.

De igual manera, antes de que la fiscal solicitara el archivo de la causa, los procuradores de Carlos Proaño solicitaron cinco diligencias adicionales que, sin explicación alguna, dijeron, no fueron atendidos por la fiscal, «negando con esto el derecho a un debido proceso para los accionantes, quienes, en un escrito de oposición al pedido de archivo expusieron sus argumentos en derecho y solicitaron que se remita al proceso al fiscal provincial de Pichincha.

El pedido de la defensa de Proaño fue concedido y el caso está en manos del fiscal provincial de Pichincha, quien debiera asignar un nuevo fiscal para la continuación del proceso o ratificar la decisión de la fiscal Quishpe. El ex presidente y asambleísta Lucio Gutiérrez justificó su accionar desde su curul en favor del denunciante, al decir que a este tema había llamado su atención por la acción de la Fiscalía y el presunto acto ilegal de una multinacional en contra de un empresario ecuatoriano. 

 

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