¿Cómo sacarse a la vicepresidenta Verónica Abad del camino, sin romper tantos vidrios dentro del país o incluso en cortes internacionales? Pues el Ministerio de Trabajo acaba de dar al presidente Daniel Noboa la “solución”: suspender a la Segunda Mandataria durante 150 días por haberse ausentado injustificadamente tres días a sus labores, según la óptica de esta Secretaría de Estado.

Esta suspensión se desprende de la Resolución Ministerial MDT-SSCRSSP-DRSASP-SAPE-2024-001. Más allá de tantas siglas y números, lo esencial del documento de 22 página indica que la suspensión sin remuneración ocurre “por haberse configurado la falta grave establecida en el Art. 48, literal b de la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep): Abandono injustificado del trabajo por tres o más días laborables consecutivos”.
¿Abad es suspendida en sus tareas como Embajadora? El supuesto incumplimiento de esta tarea fue la causa para el inicio de un sui géneris sumario administrativo. Pero no: la resolución impone la sanción en su condición de Vicepresidente. Si la suspensión hubiese sido en su labor como Embajadora, Daniel Noboa sí o sí tendría que encargarle la Presidencia cuando entre en campaña.
Verónica Abad es funcionaria pública, sí, pero electa por voto popular. ¿Rige la Losep para funcionarios electos en sufragio popular? Para el caso de Abad, hicieron que así sea. Como una plastilina, el Ministerio de Trabajo fue moldeando el camino para las necesidades políticas de Noboa, entonces desde el 11 de septiembre se ideó una resolución ministerial para que este guante le caiga legalmente a Abad.
En la siguiente nota de Plan V, del pasado 20 de septiembre, se muestran todas las acciones que el Gobierno central ha emprendido en contra de Abad. Se destaca, por ejemplo, cómo el Ejecutivo la castiga por haber llegado nueve días más tarde de lo previsto a Turquía, desde Israel, cuando Abad contó que el propio Ejecutivo, vía Cancillería, le dio autorización para este traslado apenas tres días antes de su llegada.
Un Presidente-candidato sin tanto sudor
Con la resolución ministerial que suspende a Abad durante cinco meses, la Vicepresidenta deberá reintegrarse a su cargo en marzo. Es decir, entre el 5 de enero y el 6 de febrero de 2025, mes de la campaña electoral, no estará en funciones y por ende Noboa ya no le encargará el mando.
El pasado 3 de octubre, Plan V ya había alertado que este escenario era el más viable para las urgencias políticas del Primer Mandatario. Irse en contra de la Constitución o armar un guion de destitución de la Vicepresidenta, olvidando qué poder del Estado es el juzgador natural de los mandatarios de una nación, hubiese implicado al menos un tirón de orejas de la Corte Constitucional, un pretexto para que la Asamblea inicie un proceso de control político en contra del Presidente y, en última instancia, un campanazo al gobierno ecuatoriano desde la CIDH.
Ahora, no obstante, siguen flotando en el aire dos preguntas. ¿Daniel Noboa encargará el poder o, bajo inspiración del correísmo, será otro Presidente-candidato, con todo el Estado volcado a su campaña? Y dos: ¿encargará el poder a Arturo Félix Wong, ministro de Gobierno, o a Mónica Palencia, ministra del Interior y en otros tiempos abogada personal del joven mandatario?
Reacciones
Juristas expertos en Derecho consitucional, laboral o electoral, y políticos de diversas tendencias han expresado sus puntos de vista en redes sociales.
José Chalco, constitucionalista y catedrático universitario, pide seriedad. «Si faltas tres días al trabajo, entonces te sanciono con que faltes 150 días más (suspención) -escribe en su cuenta de X-. ¡Seamos serios! La Constitución dispone expresas causas de ausencia temporal de un Vicepresidente y jamás es por sanción por un sumario administrativo. Esto no es de afectos, es de orden constitucional».
A Mónica Jaramillo, presidenta del Observatorio de Control Ciudadano, llama la atención la velocidad que el tema Abad ha tenido en varias instancias. El cerco a la Vicepresidenta no solo es por vía ministerial, sino que en la justicia electoral se ventila un proceso por violencia política de género.
“Es fundamental elevar el debate al ámbito académico -dice Jaramillo-, por el respeto al Estado de Derecho, y este precedente requiere un análisis jurídico riguroso. Y con un precedente así, cualquier alcalde podría seguir un sumario contra su vice alcaldesa”.
Carla Larrea, candidata a Vicepresidenta por Construye, expresa: “No concuerdo con la forma de pensar y actuar de Verónica Abad, pero respeto la Constitución y la Ley. Con esta arbitraria sanción, que no procede de forma alguna, el Gobierno ha cruzado todos los límites jurídicos y éticos. La justicia debe restablecer el imperio de la ley”.
El jurista, catedrático y columnista Andrés Ortiz Herbener, piensa que lo actuado en contra de Verónica Abad “es una herejía jurídica, un esperpento inadmisible. Por el bien del Derecho y de nuestra frágil democracia esta barbaridad debe ser revocada”.
“Independientemente de las simpatías o antipatías hacia Verónica Abad -escribe Gabriel Martínez, candidato a asambleísta por SUMA-, esta decisión es una aberración jurídica y un atentado contra el Estado de derecho. Este Gobierno, sin ruborizarse, usa el poder a conveniencia y con total arbitrariedad.
La acción del Ministerio de Trabajo puede activar varias consecuencias. Gonzalo Muñoz, jurista especializado en Derecho constitucional, parlamentario y administrativo, señala algunas en su cuenta de X. “Usted puede estar de acuerdo o no con Verónica Abad, pero jamás que se violente la Constitución y la Ley. El sumario administrativo tramitado en contra de la Vicepresidenta está viciado de inicio a fin, concluyendo con una sanción absurda e incompatible para la infracción acusada. Esto acarreará varias responsabilidades: responsabilidad estatal en virtud del control convencional, responsabilidad política para quien estuvo a cargo de esto. Todo esto, sin perjuicio, del precedente nefasto de sumariar autoridades electas por votación popular”.
Finalmente, Henry Cucalón, exasambleísta y actual candidato presidencial por Consttuye, recuerda una tarea: “La Asamblea se encuentra en la obligación de establecer responsabilidades políticas a la titular del Ministerio que propició este atropello”.
