Una nueva compra de equipamiento para las Fuerzas Armadas está en marcha. Se trata de un proceso de contratación para la adquisición de 18 escáneres móviles para la Fuerza Terrestre “en el límite político internacional en el marco del conflicto armado interno”, al amparo del Decreto Ejecutivo No. 218, expedido el 7 de abril de 2024 por el presidente Daniel Noboa. La Corte Constitucional ha declarado la inexistencia de un Conflicto Armado en varios de sus pronunciamientos.
El presupuesto referencial para la compra era de USD 63 millones. Plan V conoció, extraoficialmente, que entre las empresas que participaban en el proceso estuvieron A. INC, una compañía con sede en Doral, en el condado de Miami-Dade en Florida, Estados Unidos, que fuera habilitada en el Portal de Compras Pública el 1 de septiembre del 2025; y B. LLC, ubicada en Orlando, Florida, habilitada el 29 de agosto del mismo año. Finalmente el contrato se asignó a esta empresa y se firmó el 15 de octubre por USD 51’120.000.
Un escáner móvil es un vehículo tipo camión con un brazo mecánico tipo arco por donde pasan los objetos a ser examinados. Se usarían para detectar drogas, armas, explosivos y otros elementos atentatorios a la seguridad nacional. Son móviles porque pueden ser trasladados a zonas fronterizas y serían usados en las fronteras norte y sur.
Un fuente experta en control de armas y seguridad mencionó que esta millonaria compra se puede considerar «necesaria, pero con limitaciones», pues este tipo de escáneres a pesar de ser móviles pueden ser evitados por caminos de segundo orden u otras rutas para el tráfico de armas, o explosivos y estupefacientes. «El riesgo de estos escáneres es que terminen como el radar de Montecristi o los escáneres del SNAI, que permitieron que ingresen armas y fusiles a las cárceles, que permitieron ingresar los equipos para que alias Invisible coordinara el asesinato de Fernando Villavicencio… Me refiero a que si tenemos únicamente la compra de los equipos y no tenemos una planificación estructurada para su cuidado y mantenimiento y eso tiene que estar escrito para que estos escáneres lleguen a territorio ecuatoriano».
Dos empresas con mucho en común
De acuerdo con los registros de la división de empresas de Florida, la empresa A. INC fue constituida el 23 de enero de 2008 y su representante es Hugo S., un ciudadano ecuatoriano que también es gerente de la empresa A. S.A., de Ecuador, cuya actividad económica es la compraventa de vehículos nuevos y usados en Guayaquil.
En su página web —que fue creada en 2024— A. INC se presenta como una compañía con más de 20 años de trayectoria en la industria de tecnología avanzada de inspección. No obstante, proveedores consultados por este medio señalan que esa empresa no sería fabricante y descartan que tenga una presencia notable en el mercado de los escáneres móviles.
Plan V corroboró que los productos ofertados por A. INC, que corresponden a la serie “BG-X”, son fabricados en realidad por la empresa estatal China, CGN Begood Technology Co., Ltd. (que forma parte de China General Nuclear Power Group) y son el modelo BGV7000.
Además, su representante, Hugo S., es también presidente de la empresa ecuatoriana C. S.A., dedicada a la organización de conciertos, y cuyo gerente general es César S., quien también es representante de B. S.A., compañía que el 12 de noviembre de 2024 firmó un contrato reservado con Defensa, a través de Bienes Estratégicos, para la compra de granadas lacrimógenas por USD 6,3 millones.
Los productos ofertados por la empresa A. INC, que corresponden a la serie “BG-X”, son fabricados en realidad por la empresa estatal China, CGN Begood Technology Co., Ltd. (que forma parte de China General Nuclear Power Group) y son el modelo BGV7000.
Además de A. INC, en el proceso para la adquisición de vehículos escáneres móviles también participa B. LLC, una compañía inactiva y en disolución administrativa desde el 23 de septiembre de 2016, y cuyos productos, de acuerdo con su página web —creada en septiembre de 2025— corresponden a la serie “MT” de N., una empresa china que proporciona soluciones de seguridad, como equipos de inspección y detección para aeropuertos, fronteras y otros puntos de control. Una fuente que pidió la reserva contó a Plan V que la única distribuidora autorizada para cotizar en el sector de la defensa en representación de N. es la empresa KG.
Los representantes de la extinta empresa B. LLC eran Anllelina T. y Miguel S., —hermano de Gustavo S.— quienes actualmente son presidenta y gerente, respectivamente, de la empresa G. S.A., dedicada a la venta al por mayor de semáforos.
Ahora bien, en lo que concierne al contrato de granadas, B. S.A. presentó una certificación de distribuidor autorizado otorgada por Carmen C., representante de H., empresa declarada contratista incumplida y que obtuvo un contrato de USD 34,2 millones para la compra de cascos y chalecos en agosto de 2024. De hecho, otro de los productos en el catálogo de B. LLC son las placas balísticas fabricadas por H.

S. también es apoderado en Ecuador de KC, empresa que el 9 de diciembre de 2024 firmó un contrato de USD 10,5 millones para la adquisición de prendas de intendencia y que forma parte de H. Los accionistas de S.S.A. son B. S.A. y la empresa T.S.A., también dedicada al negocio de la señalización vial. El gerente de esta última es Oscar G., a quien S., el 6 de diciembre de 2024, le confirió un poder especial para la suscripción del contrato de prendas de intendencia.
Plan V consultó, vía correo electrónico, a las empresas A. y B. para que aclaren su relación comercial y los nexos entre S. y S. Únicamente B. respondió las inquietudes planteadas, indicando que no tiene ninguna vinculación con A S.A., “ni por propiedad accionaria, ni por las operaciones que realiza cada empresa, ni por transaccionalidad”, sin embargo, en los registros públicos de ImportGenius consta que B. ocupa el quinto puesto en el ranking de principales socios comerciales de A S.A.
Plan V realizó la contrastación respectiva con esta empresa mencionada y su respuesta consta en el párrafo superior. Sin embargo, en aras de la transparencia, Plan V accedió a publicar una carta de la empresa a esta redacción:

Este es un «enjambre de empresas» que en cuatro procesos contractuales con defensa han obtenido un aproximado de USD 100 millones en contratos de defensa desde el inicio del Conflicto Armado Interno, señalaron a este medio fuentes militares y expertos en contratación de defensa, consultados.
¿Fabricantes de escáneres excluidos en el proceso?
Los del proceso comienzan desde la propia convocatoria a los oferentes para que envíen sus cotizaciones, mediante el procedimiento de régimen especial.
Al efecto, la Fuerza Terrestre, el primer semestre de 2025, elaboró un sondeo de mercado preliminar orientado a realizar una compra directa al exterior a un fabricante de escáneres móviles. En esa etapa, según una fuente de la Cartera de Defensa que pidió la reserva, algunas compañías presentaron sus ofertas referenciales: entre ellas, RapiScan Systems; Leidos; Nuctech; Smiths Detection, etc.
Todas esas empresas son multinacionales especializadas en la fabricación y diseño de escáneres con rayos X, sistemas de inspección de carga y escaneo corporal, detectores de bombas y narcóticos, entre otras soluciones tecnológicas empleadas para el control de puertos y aeropuertos.
Posteriormente, el Ministerio de Defensa, el pasado 9 de septiembre, publicó la necesidad de contratación en el Portal de Compras públicas, con el propósito de que las empresas interesadas en participar presenten sus proformas hasta el viernes 12 de ese mes.
El Clasificador Central de Productos (CPC) con el cual el Ministerio realizó la invitación es el 49119.0914, que corresponde a la clasificación de “Unidades Móviles” y engloba todo tipo de vehículos para usos especiales, tales como camiones recolectores de desechos, automotores para mantenimientos de cables de alumbrado público, clínicas móviles, entre otros.
El Ministerio de Defensa, el pasado 9 de septiembre, publicó la necesidad de contratación en el Portal de Compras públicas, con el propósito de que las empresas interesadas presenten sus proformas hasta el viernes 12 de ese mes.
El CPC es una codificación internacional estandarizada que utiliza el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) para catalogar los bienes, obras y servicios que las instituciones públicas pueden adquirir.
En ese sentido, el CPC aplicable para la compra de escáneres móviles, según expertos en contratación consultados por Plan V, debió ser otro, el 48110, que atañe a “aparatos basados en el uso de rayos X o radiaciones alfa, beta o gamma, sean o no para usos médicos quirúrgicos, dentales, veterinarios”, porque el objeto del contrato se centra en equipos de rayos X móviles para inspección y vigilancia, y no en la adquisición de vehículos especiales.
De lo contrario, comentaron los expertos a este medio, cualquier empresa automotriz —incluso un patio de compraventa de carros— podría participar en el proceso. Además, esa clasificación vehicular restringiría la contratación directa de fabricantes internacionales de escáneres de rayos X y propiciaría que empresas intermediarias sean virtualmente adjudicatarias del proceso.
Aun así, este medio conoció, a través de fuentes de la Cartera de Defensa que pidieron la reserva, que el 12 de septiembre, la Coordinación General de Bienes Estratégicos del ministerio de Defensa dirigió un oficio a los proveedores, en el marco de la fase de preguntas, respuestas y aclaraciones en el proceso de compra de escáneres móviles.
En ese documento, un alto funcionario de Bienes Estratégicos (E), habría cambiado la modalidad de compra al exterior directamente con el fabricante a la modalidad de Régimen Especial.
Con base en los artículos 190, 191.1 y 191.2 del Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema de Compras Públicas, las contrataciones efectuadas por las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, el Ministerio de Defensa, la Casa Militar Presidencial, el Ministerio del Interior y el SNAI “serán objeto de régimen especial” y su trámite será llevado “con absoluta confidencialidad y reserva”, por tanto, no serán publicados en el Portal.
El proceso no será sobre la base del Reglamento de Compras de Bienes de Sectores Estratégicos.
La estela de opacidad en las compras militares y policiales
El 12 de noviembre de 2024, el Ministerio de Defensa firmó un contrato para la compra de granadas lacrimógenas por USD 6,3 millones con B S.A., cuya actividad económica es la venta e instalación de material de señalización.
Para este contrato, la empresa B S.A. presentó una certificación de distribuidor autorizado otorgada por Carmen C., representante de H., empresa declarada contratista incumplida y que obtuvo un contrato de USD 34,2 millones, el 19 de agosto de 2024, para la compra de 30.400 chalecos de protección balística y 31.416 cascos.
Es más, en la etapa de preguntas y respuestas, B. S.A. solicitó al Ministerio de Defensa que permita que “los distribuidores autorizados en el Ecuador” presenten la experiencia del verdadero fabricante, a lo que el Comité de Contrataciones de Bienes Estratégicos accedió.
Esa modalidad de subcontratación ya fue utilizada en el contrato de prendas de intendencia, adjudicado a K.C., compañía también vinculada a H. En ese proceso, H. vendió 200 porta alimentadoras y presentó una garantía de ocho años.
S. también es apoderado en Ecuador de K.C., empresa que el 9 de diciembre de 2024 firmó un contrato de USD 10,5 millones para la adquisición de prendas de intendencia y que forma parte de H.
El 12 de noviembre de 2024, el Ministerio de Defensa firmó un contrato para la compra de granadas lacrimógenas por USD 6,3 millones con B S.A., cuya actividad económica es la venta e instalación de material de señalización.
K.C., representada por Bernd R., hasta febrero de 2024, mantenía a Mark R., ex representante de H., como su secretario. El 2 de agosto de 2024, fue reemplazado por S. E. LLC, empresa inactiva.
El listado de productos comprados por Defensa a K.C. incluye bolsas de dormir, carpa individual, mochila, poncho de agua, mosquitero, kit sanitario, cinto táctico y porta alimentadoras; estos últimos adquiridos a H.
De acuerdo con la ficha técnica del producto, las 200 porta alimentadoras 9mm universal, de fabricación estadounidense, son marca HEDS-MAGPF9-G2, de color verde militar. Es decir, H. fue subcontratista de K.C.
Por otra parte, B. S.A., en la etapa de preguntas, formuló una inquietud al Comité de Contrataciones de Bienes con el fin obtener una exención de tributos en la Aduana por la importación de las granadas compradas a HEDS.
El Comité acogió la petición de B. S.A. y optó por señalar que “brindará todas las facilidades” para la exención tributaria en Aduana, siempre y cuando las granadas fabricadas por H. sean importadas a nombre del Ministerio de Defensa.
Esto contradice una circular de obligatorio cumplimiento, promulgada el 17 en enero de 2017 por el SERCOP, que dispone que, en caso de que los contratistas requieran importar bienes, deberán pagar los tributos correspondientes y se prohíbe su transferencia a la entidad contratante.
H., por los incumplimientos en los que incurrió en un contrato de compra de munición suscrito con la Policía Nacional, fue declarada contratista incumplida; es decir, está inhabilita de firmar contratos con el Estado.
De acuerdo con la ficha técnica del producto, las 200 porta alimentadoras 9mm universal, de fabricación estadounidense, son marca HEDS-MAGPF9-G2, de color verde militar. Es decir, H. fue subcontratista de K.C.
Luego de esto, el 8 de diciembre de 2023, César Zapata, también ex comandante de la Policía, dispuso la terminación unilateral del contrato con H. y declaró contratista incumplido a Mark R., su ex representante, y a Franklin E., el ex apoderado de la empresa debido a la entrega parcial (del 50.11%) de un lote de 5,5 millones de munición calibre 5.56×45.
Sin embargo, 31 de julio de 2024, como parte de una acción de protección con medida cautelar interpuesta por la empresa, el SERCOP recibió la orden judicial de suspender provisionalmente la sanción de contratista incumplido impuesta contra los otrora representantes de H, hasta que se resuelva su situación jurídica en una audiencia que fue fijada para el 16 de agosto de ese año y que no se instala debido a supuestos problemas de conexión.
En el interín del levantamiento temporal de su inhabilidad, H. aprovechó para firmar el millonario contrato de chalecos con el Ministerio de Defensa. Además, el 1 de agosto, H. notificó a esa Cartera de Estado con el cambio de su representante y apoderado. Y, el 19 de agosto de 2024, suscribió el contrato de USD 34,2 millones.
Finalmente, el 16 de septiembre, casi un mes después de la firma del contrato de compra de cascos y chalecos, el abogado de H. desistió de su acción de protección.
En tanto que el 24 de septiembre, la jueza Andrea Ordóñez, de la Unidad Judicial con sede en Samborondón, notificó al SERCOP, al Ministerio del Interior y a la Policía con el auto de archivo de la acción de protección y la revocatoria de las medidas cautelares, luego de que la defensa de H. desistiera del recurso.
En virtud de esto, el 3 de diciembre de 2024 H. ingresó, nuevamente, al sistema de proveedores incumplidos. En otras palabras, todo este muñequeo judicial permitió que la empresa obtuviera un millonario contrato, a pesar de su impedimento.
El reacomodo en la Cartera de Defensa
En el Ministerio de Defensa, con el fin de garantizar que las compras militares queden en las «mejores manos», hubo cambios de personal clave en procesos de contratación y en delegaciones.
Desde el 2008, el presidente del Comité de Contrataciones de Bienes Estratégicos era el subsecretario de Defensa Nacional, un oficial con el grado a de general de Brigada o su equivalente, actuando como contrapeso de las FF.AA. frente a la autoridad civil.
El presidente del Comité dejó de ser este perfil militar de alto rango desde el 22 de febrero de 2024. El primer delegado civil fue el Subsecretario de Planificación y Economía de la Defensa, Andrés Alprecht Quiroz, quien presidió el Comité de Contrataciones (según Acuerdo Ministerial N° 063) hasta el 15 de julio de 2024.
Otro delegado del ministro fue Melvin T.para ocupar la presidencia del Comité y Suscripción de Contratos de alta cuantía (más de USD 499.408), en calidad de coordinador general administrativo Financiero.
El abogado Dr. Augusto Tandazo, experto en contratación pública y sectores estratégicos señaló el 10 de octubre del 2025, en una entrevista periodística que esta contratación «no huele bien». El experto ha señalado que esta adquisición responde a un sistema de contratación que viene operando.
Cada camión escáner está «casado» con una marca de vehículo. Entre estas están Volvo, Scania, Mercedes Benz, entre otras… Pero lo que vale en esta contratación ¿es el vehículo, a marca, o el tipo de escáner y su capacidad operativa? El escáner, señala Tandazo. «En base a esto, el Ministerio de Defensa utiliza al Sercop para que haga el llamado a proveedores, pero se publica los datos del proceso bajo el Código de Unidades Móviles», señala. Tandazo observó además que esta compra se hace, según dicen los documentos, en el marco del Conflicto Armado No Internacional, CANI (…), según Decreto del 7 de abril del 2024. Esta contratación fue armada en septiembre de este año. El 9 de septiembre del 2025 se dio la necesidad de contratación, la cual fue adjudicada el 15 de octubre, en un poco más de un mes. ¿Cómo puede ser, se pregunta Tandazo que se aplique un decreto de Conflicto Armado Interno, que fue ya desechado por la Corte Constitucional?
La Corte Constitucional ha declarado «la inconstitucionalidad de la causal de conflicto armado interno. Esto, ya que los argumentos presentados por el presidente de la República no permiten verificar ―a través del cumplimiento de los requisitos de organización e intensidad― la configuración de un conflicto armado no internacional entre el Estado y los dos grupos criminales con mayor cantidad de integrantes y poder en el país». ¿Cómo arman un proceso en base a un Conflicto Armado Interno que ya no existe?, se pregunta Tandazo.

