La fotografía duele. Sobre una balanza, en la isla Santa Cruz, aparecen varias iguanas marinas de Galápagos (Amblyrhynchus cristatus) como si de un animal de mercado se tratase; otras esperan arrinconadas después de haber sido pesadas. La imagen está en el teléfono de uno de los tres ciudadanos tailandeses detenidos en el aeropuerto de Guayaquil el 19 de mayo de 2026, con doce iguanas repartidas en sus mochilas. Seres vivos arrancados de su hogar, que es único en el mundo.
Estas doce iguanas incautadas eran más pequeñas que las que aparecen en aquellas fotografías. Las que sí coinciden por tamaño son las treinta y dos encontradas el 29 de agosto de 2026 en poder de la ciudadana rusa Olga K., en el aeropuerto de Quito. Puede ser que ambos envíos provengan de un mismo lote.

¿Cómo salieron esos animales de Galápagos? Hasta hoy no existe una explicación pública suficientemente clara sobre el funcionamiento de los escáneres y equipos de rayos X en los aeropuertos de las islas, puntos obligados de salida por vía aérea. Tampoco se han deslindado de manera clara las responsabilidades de la Dirección General de Aviación Civil, del aeropuerto de Baltra, de las aerolíneas y de las entidades encargadas del control ambiental como la Agencia para la Bioseguridad y Cuarenta para Galápagos. Mientras la conservación se anuncia al mundo, el equipaje con especies protegidas logra atravesar las islas y salir de ellas.
El comunicado que la administración de ECOGAL, empresa concesionaria del manejo del aeropuerto de Baltra publicó en sus redes sociales al día siguiente de la aprehensión de los tailandeses es un grotesco reconocimiento de la inexistencia de controles. Negligencia que con el proceso de la ciudadana rusa toma dimensiones inaceptables y abre suspicacias que no se esfuman con facilidad.

¿Porqué no funcionan tampoco las unidades de policía canina para controlar el equipaje de los pasajeros que salen del archipiélago ?
Planteamos esa inquietud al Parque Nacional Galápagos, PNG, dentro del proceso seguido contra los ciudadanos tailandeses. Un can entrenado puede ser decisivo para la lucha contra este delito. El problema está en ponerlos operativos y tener policías éticos (el 28 de marzo de 2021, un policía vinculado a la unidad de policía canina fue procesado por intentar enviar desde Baltra hacia Guayaquil una maleta con 185 tortugas galápagos neonatas).
La reiteración de los casos permite inferir que el tráfico necesita apoyo o facilidades dentro de las islas: alguien localiza a los animales, los captura, los mantiene ocultos y los entrega. Los compradores internacionales llegan sin problema en calidad de turistas a recoger la mercancía, encontrándose solamente con el inconveniente de los canes cuando éstos están en el aeropuerto. Si no están, pueden salir ilesos de las islas y someterse al riesgo de los canes del Ecuador continental. Por ello, también tenemos el caso del 12 de mayo de 2026 —siete días antes de capturar a los tailandeses— en el que cuatro iguanas marinas, juveniles, fueron abandonadas frente a una mecánica cercana al aeropuerto de Guayaquil. Al parecer los traficantes no consiguieron quien asuma el riesgo y abandonaron la mercadería.
También pedimos al PNG que explique la ausencia o ineficacia de los rayos X en Baltra, pues el análisis de ADN determinó que las iguanas incautadas a los tailandeses procedían de Santa Cruz; por tanto, pudieron recorrer la isla y abandonar Galápagos sin ser detectadas.
La respuesta oficial del director de Ecosistemas, biólogo Christian Sevilla, a más de indicar que el control de los aeropuertos es un asunto de la DAC y ECOGAL, fue la siguiente: «[…] al no existir un convenio o instrumento jurídico vigente que regule la cooperación operativa, la Dirección del Parque Nacional Galápagos no podía disponer directamente del personal policial ni de las unidades caninas asentadas en Santa Cruz, toda vez que dicho personal pertenece orgánica, administrativa y operativamente a la Policía Nacional, bajo la estructura del Ministerio del Interior».
Al principio, la explicación pareció razonable. Luego encontramos un dato objetivo que la contradice: sí existía un convenio que, al 19 de mayo de 2026, estaba vigente. La DNPG y el Ministerio del Interior lo suscribieron el 22 de noviembre del 2023 por cinco años, precisamente para fortalecer acciones conjuntas de prevención, control y patrullaje, y evitar infracciones ambientales contra especies silvestres, endémicas y nativas y contra los frágiles ecosistemas de Galápagos.
La cláusula 5.3.8 es aún más concreta. Prevé el acompañamiento de un perro entrenado para el control de carga y equipaje en aeropuertos, patios de consolidación y desconsolidación, inspecciones y patrullajes, mediante coordinación con las demás instituciones competentes. El convenio no significa que el Parque pueda mandar sobre la Policía; sí demuestra que existía un instrumento jurídico para coordinar el servicio cuya inexistencia se alegó. Esa contradicción merece una explicación pública.
Ecuador reconocía que tenía un grave problema de tráfico, que habían bandas de criminales internacionales y que nunca autorizó la exportación de ejemplares vivos para fines comerciales o personales.
El desconcierto no terminó en esa respuesta.
En la acción constitucional que el autor de esta noto inició junto con el periodista Franklin Vega —causa SATJE 17230-2022-13416— se pidió protección para las iguanas frente al tráfico. La sentencia fue favorable y ordenó al Estado gestionar el máximo nivel de protección nacional e internacional dentro de CITES, la convención que regula el comercio mundial de fauna y flora silvestres.
Para justificar el cumplimiento, el Estado incorporó al proceso una notificación de la Secretaría CITES, fechada en Ginebra el 5 de mayo de 2025 y dirigida a las 185 Partes de la Convención. El documento alertó sobre el comercio de las cuatro iguanas endémicas de Galápagos: la marina y las tres terrestres del género Conolophus, incluida la iguana rosada, de la cual se estimaba una existencia de apenas 300 individuos en 16 kilómetros cuadrados del volcán Wolf. La notificación dejó un hecho incontestable: Ecuador reconocía que tenía un grave problema de tráfico, que habían bandas de criminales internacionales y que nunca autorizó la exportación de ejemplares vivos para fines comerciales o personales, aunque en el mercado internacional aparecían declarados como «criados en cautividad». CITES pidió no autorizar operaciones sin consultar previamente a la autoridad ecuatoriana. Era una alarma mundial frente al circuito Galápagos–Uganda–Asia.

Veinticuatro días después de esa notificación, durante una expedición al volcán Wolf realizada entre el 26 de mayo y el 6 de junio de 2025, el equipo técnico de la ONG Conservando Galápagos, Galápagos Conservancy, reportó señales de intrusión en el único hábitat de la iguana rosada, una cámara trampa arrancada y sustraída, otras abiertas o desconectadas y el registro de tres personas no identificadas que subieron hacia la cumbre el 15 de mayo. Estos indicios exigían investigación y seguimiento por parte de la Dirección a cargo del biologo Sevilla. No conocemos una respuesta pública del Parque ni las acciones legales adoptadas a partir de ese informe que se emitió en momentos en donde el Estado ecuatoriano le decía al mundo que tenía la voluntad de luchar contra el tráfico de especies.
El comportamiento del funcionario indicado hace que aparezca un debate incómodo: el lugar de las organizaciones privadas en el manejo y protección de las especies. Las ONG conservacionistas difunden su trabajo y recaudan donaciones en todo el mundo; operan con autorización del Parque y funcionarios estatales las presentan como socias o mecenas en talleres, capacitación, monitoreo, adquisición de cámaras trampa, brigadas caninas y financiamiento. Esa colaboración puede ser valiosa, pero no reemplaza la obligación jurídica de proteger, prevenir y perseguir a los traficantes de especies desde la institucionalidad y los vuelve solidariamente responsables en la protección de la Biodiversidad. Si una ONG advierte al funcionario público de las agresiones a la biodiversidad —como es el caso— y el funcionario público no hace nada al respecto, lo menos que debe hacer es transparentarlo.
El convenio de 1992 sobre Biodiversidad reconoce que se requieren “inversiones considerables” para conservar la biodiversidad y que tales entrañan una amplia gama de beneficios ecológicos, económicos y sociales. Estas inversiones no pueden venir solo del sector público y, por ello, los privados pueden colaborar y cooperar para la utilización sostenible de los recursos biológicos (Art.10.e). En Galápagos, el papel de los privados es gravitante pero no conocemos evaluaciones abiertas y completas sobre la eficacia de sus acciones específicas contra el tráfico de especies.
La arquitectura del delito de tráfico de especies se ha construido durante más de una década alrededor de la demanda de coleccionistas en mercados asiáticos y europeos.
No se ha publicado, de forma integral y accesible, cuánto aporta cada organización, cómo se invierte y qué beneficios concretos produce para la biodiversidad. La conservación también necesita transparencia; pedirla no debilita a las instituciones honestas, las fortalece. Sobre este punto puede consultarse nuestra investigación sobre el Galápagos Life Fund y la contabilidad del canje de deuda por conservación.
La arquitectura del delito de tráfico de especies se ha construido durante más de una década alrededor de la demanda de coleccionistas en mercados asiáticos y europeos. En expedientes y publicaciones citados en esta investigación aparecen valores que van desde USD 6.000 hasta USD 500.000, según la especie y su rareza. Un video del canal CVKAREPKU —que a la fecha ya no podría seguir exhibiéndose por el cambio de apéndice— muestra ejemplares de iguanas terrestres y marinas de Galápagos a la venta, incluida la rosada.
La cadena de los traficantes combina extracción local, blanqueo documental internacional y protección institucional deficiente. Cada vez que la justicia captura un eslabón, el sistema se detiene momentáneamente y replantea estrategias que tienen como aliadas la opacidad, el silencio y el desvío de la atención con alguna noticia distractora, impulsada por quienes no quieren que se sepa que en las islas se trafica.
Conviene explicar el mecanismo de blanqueo. CITES organiza la protección mediante tres apéndices. El Apéndice I, el más estricto, prohíbe como regla el comercio internacional con fines comerciales, aunque contempla excepciones muy limitadas y controladas. Hasta diciembre de 2025, las iguanas de Galápagos estaban en el Apéndice II. Ese régimen no autorizaba su extracción desde Ecuador, pero documentos aparentemente válidos de otros países podían ser utilizados para encubrir ejemplares declarados como criados en cautividad, como muestra la imagen siguiente.

La falta de trazabilidad era el corazón del problema. Se conocían operaciones desde Suiza, Malí y Uganda amparadas en permisos CITES y declaraciones de cría en cautividad. El Grupo de Especialistas en Iguanas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza había advertido sobre ese blanqueo. Por eso presentamos la acción de protección para trasladar al Apéndice Ias especies: Amblyrhynchus cristatus, Conolophus subcristatus, Conolophus pallidus y Conolophus marthae. La jueza acogió el pedido y su aplicación apunta a que el blanqueo cese completamente.
En cumplimiento de la sentencia, Ecuador llevó la propuesta a la vigésima Conferencia de las Partes de CITES, celebrada en Samarcanda, Uzbekistán, entre noviembre y diciembre de 2025. La transferencia de las iguanas de Galápagos del Apéndice II al I fue aceptada. Desde entonces, su comercio internacional con fines comerciales queda prohibido bajo el régimen más estricto de la Convención. Fue una victoria jurídica y ética, pero no el final de la historia.

Para un traficante, la corrupción y la debilidad institucional son lo mismo: controles que no funcionan y tiempo para escapar. A esto se suma una respuesta penal débil. El delito tiene una pena de tres años y suele tramitarse mediante procedimiento directo, con apenas veinte días para investigar; ese plazo dificulta seguir la ruta del dinero, peritar dispositivos y vincular a otros responsables. El problema legal fue desarrollado en una investigación anterior.
El expediente de 2021 por las 185 tortugas neonatas —causa SATJE 20332-2021-00141— ayuda a entender el incentivo criminal. La mercancía fue valorada en USD 1’295.000 y el único procesado, un policía, recuperó la libertad seis meses después. Por lo tanto el riesgo que él tomó, considerando costo, beneficio y riesgo, “valía la pena”; en la sentencia de esta causa Fiscalía recibió la orden expresa de investigar a posibles integrantes de la banda que aparecieron en la investigación, pero la fiscal de aquel entonces —ya destituída por otras irregularidades— nunca obedeció lo ordenado por el juez.
La denuncia que puse en contra de aquella fiscal, que no inició investigaciones contra los demás integrantes de la banda, llegó a manos de la fiscal de San Cristobal, quien en una atitud indulgente y digna de investigación, ordenó su archivo el 6 de abril de 2026.
El 29 de agosto de 2026, la unidad canina detectó en Quito treinta y dos iguanas marinas vivas dentro del equipaje de Olga K., ciudadana rusa que viajaba hacia Bangkok con escalas en Panamá y Estambul. Su valor fue estimado en aproximadamente USD 260.000. Bangkok era también el destino final atribuido al caso de los ciudadanos tailandeses. Esta vez los canes funcionaron; precisamente por eso venimos preguntando por qué el mismo control no opera antes de que los animales sean extraídos de Galápagos.

Doce iguanas neonatas en mayo y treinta y dos juveniles en agosto; fotografías con animales de tamaños distintos; el mismo destino final. ¿Pudieron provenir de un mismo proveedor local y ser divididas en varios envíos? Es una inferencia razonable y una linea investigativa a seguir. El peritaje del teléfono de la ciudadana rusa, la comparación genética y la reconstrucción de contactos y desplazamientos podrían confirmarla o descartarla.
Inclusive si fuera poco lo que las ONG han comprometido para la protección de la diversidad de Galápagos —tema que el país vería con incredulidad— tampoco resulta suficiente invocar para justificar los vacíos de control la falta de dinero. La protección de Galápagos se financia mediante el tributo de entrada a los turistas, patentes y licencias de operación turística, autorizaciones de servicios, asignaciones públicas y, la dichosa cooperación. Desde agosto de 2024, la tasa de ingreso pasó de USD 100 a USD 200 para extranjeros y de USD 6 a USD 30 para nacionales, con valores diferenciados para otras categorías.
Galápagos no es una carga financiera para el Estado, es la abundancia y generosidad de la naturaleza en sí misma. Genera recursos inmensos y, además, entrega al país un patrimonio que no puede medirse en dólares.
La rendición de cuentas oficial de 2025 del PNG registra una recaudación de USD 37’032.135. La distribución fue la siguiente: 45% para la Dirección del Parque Nacional Galápagos —USD 16’664.460,75—; 20% para el Consejo de Gobierno —USD 7’406.427—; 5% para la Agencia de Bioseguridad y Cuarentena —USD 1’851.606,75—; 25% para los municipios de San Cristóbal, Santa Cruz e Isabela —USD 9’258.033,75—; y 5% para los gobiernos parroquiales rurales —USD 1’851.606,75—. Ese año llegaron alrededor de 290.404 turistas: 178.737 extranjeros y 111.667 nacionales. La cifra exacta y sus beneficiarios ya son públicos; lo que corresponde examinar es cuánto se destinó efectivamente a prevención del tráfico, control de equipaje, vigilancia, trazabilidad y protección directa de las especies y cuáles fueron sus resultados.
Galápagos no es una carga financiera para el Estado, es la abundancia y generosidad de la naturaleza en sí misma. Genera recursos inmensos y, además, entrega al país un patrimonio que no puede medirse en dólares. Cada iguana tiene un valor propio, superior a una cuantificación económica. Si desaparecen tendremos en la conciencia no haberlas cuidado para que las conozcan las próximas generaciones. Defenderla es una obligación jurídica y una responsabilidad moral.
Las islas necesitan con urgencia una gobernanza distinta, capaz de coordinar a las instituciones, vigilar a quienes administran recursos públicos o privados y poner la protección de la naturaleza por encima de intereses políticos, turísticos o personales. La LOREG ya cumplió su función y debe desaparecer. Necesitamos un Código para Galápagos que cubra vacíos, armonice a la sociedad, transparente la gobernanza, atienda a la realidad.
Galápagos es un sujeto de derechos, con alma, que nos ha confiado su vida. Cuando una de sus criaturas silvestres es traficada, arrancada de su hogar, no solo viola sus derechos como lo señala la sentencia constitucional de la Mona Estrellita (párr.112): hiere la conciencia de todos.
