En el Ecuador practicamos como deporte nacional la condescendencia, que según la RAE consiste en “acomodarse por bondad al gusto y decisión de alguien”. Tanto, que acuñamos frases célebres como “que robe pero que haga”; “al menos eso”; “pero tenemos carreteras”. Asombrosamente sincronizado con la orden de captura al vicepresidente, entraba a la Corte Constitucional, bajo el nombre de consulta popular, un acto político simbólico de supina condescendencia que solamente alarga la tragicomedia correísta y nos pone unos meses a cazar tilingos.
Revisemos: La pregunta 1: Inhabilidad para los corruptos, ya está respondida en el artículo 113 numeral dos de la Constitución. La pregunta 2 reelección indefinida, se cae de la mata y se puede deshacer vía Legislativo. Pregunta 3: Esa tiene truco, porque son tres preguntas en una, pero también se resuelve con el 205 de la Constitución, es decir juicio político. Pregunta 4: no prescripción de delitos sexuales contra niños, primero es una reforma legal no constitucional, pero como gancho para el Sí resulta francamente macabro. Pregunta 5: Reduce a conteo de hectáreas el tema simbólico del Yasuní, y de paso zanja el tema. Pregunta 6: Prohibición de explotación minera en áreas protegidas, primero que ya existe (407 de la Constitución) y segundo puede ser regresiva ya que la minería tiene otras limitantes como la consulta previa. Pregunta 7: Derogar la Ley de Plusvalía ¿es en serio? ¿No hay mecanismos legislativos para ello?
No hablaremos de los capítulos que se le olvidaron a Cervantes, como la Ley de Comunicación; consulta previa vinculante; iguales obligaciones iguales derechos; etc. En resumen, parafraseando al presidente. Ahora, a cualquier pendejada le llaman consulta.
