El poder que necesita meter la mano, el codo y hasta el hombro en la justicia no busca gobernar: busca no rendir cuentas. Y el crimen organizado que compra justicia no busca sobrevivir: busca mandar. Cuando ambos intereses se encuentran, nace el régimen más peligroso para una sociedad: una delincuencia política que usa el Estado como escudo y una delincuencia criminal que usa el Estado como negocio. En ese punto, la Función Judicial deja de ser contrapeso y se convierte en escenario: se teatraliza la institucionalidad mientras se negocia la impunidad.
La sociedad civil no puede seguir pidiendo “independencia” como un deseo abstracto: tiene que tratarla como una infraestructura crítica. Si se pierde, todo lo demás se vuelve decorado: elecciones, derechos, libertad de prensa, control del gasto, lucha anticorrupción.
La captura judicial no es un síntoma: es el cierre del sistema. Y cuando se cierra, el país entra en una forma de silencio forzado: la verdad se vuelve peligrosa y la justicia un privilegio que se vende. No olvidar que este es un país convenientemente declarado en “conflicto armado interno”, donde el poder puede hacer lo que le dé la regalada gana, cuando lo necesite y a quien quiera.
En ese contexto, la gestión del régimen frente a la inseguridad y a la violencia ligada al narcotráfico ha alcanzado niveles críticos de fracaso —con atentados, asesinatos de alto perfil y masacres carcelarias— que cada año rompen récords consecutivamente y ubican a Ecuador entre los lugares más peligrosos del mundo. El gobierno de Noboa ha usado la lucha contra el crimen organizado más como encuadre de su publicidad que como una estrategia definida y técnica. La ciudadanía no exige resultados para frenar la sensación de vivir en un Estado desbordado ante el crimen y en el que pululan polillas VIP con hambres insaciables sobre los recursos estratégicos del país.
Entonces, vamos al punto: estas son las razones porque la sumisión total de la justicia y sus actores es fundamental para consolidar la hegemonía del poder real. Esto es lo que está en juego:
I. Con peras y manzanas: ¿qué se renueva y por qué importa? (enero–abril 2026)
Entre enero y abril de 2026 se superponen tres procesos que reordenan el poder real dentro del sistema judicial: primero, la disputa por el mando y la legitimidad en la Corte Nacional de Justicia (CNJ); segundo, la administración de vacantes y suplencias mediante concursos y conjueces temporales en la CNJ; y tercero, la expansión del nuevo andamiaje de justicia constitucional con cientos de cargos por definirse.
Corte Nacional de Justicia (CNJ): liderazgo e integración interna
En los próximos días, el Pleno de la CNJ entra en una fase crítica: discutir y resolver encargos y conducción interna. Cuando la presidencia y la subrogación se vuelven objeto de disputa, lo que se reconfigura no es un cargo simbólico sino la capacidad de ordenar agenda, fijar ritmos institucionales, administrar conflictos internos y sostener (o romper) pactos de convivencia entre salas. En la práctica: quien conduce define qué crisis se “contiene” y cuál se convierte en terremoto.
¿Por qué esto es estratégico?: En un ambiente de presiones, la presidencia funciona como nodo de articulación: interlocución con Consejo de la Judicatura (CJ), Asamblea Nacional y otras funciones; manejo de “estabilidad institucional”; y contención de disensos que, si se abren, pueden exponer redes de influencia.
En una CNJ con vacantes, la ingeniería de suplencias y conjueces (quién integra tribunales y en qué causas) se vuelve una palanca de poder.

Vacantes y suplencias en la Judicatura (CJ): concursos y conjueces temporales
El CJ mantiene abiertos (o reactivables) procesos para llenar vacantes de jueces nacionales y, paralelamente, procedimientos para designar conjueces temporales. Esto importa porque en la Corte Nacional de Justicia la “integración del tribunal” es parte del resultado: no solo cuenta la norma aplicable, cuenta quién se sienta a decidir sobre un caso. Riesgo central: Cuando la normalidad institucional es reemplazada por temporalidades (encargos, suplencias, conjueces), el sistema se vuelve manipulable por administración: el poder deja de ser solo jurídico y pasa a ser logístico (designaciones, turnos, integraciones, cargas).
Justicia constitucional: “lo mejor está por venir”: (167 dependencias; 259 jueces)
En paralelo, el CJ empuja la creación y puesta en marcha de una arquitectura masiva de judicaturas especializadas en materia constitucional a escala nacional, con un universo de jueces que se completará por concurso público y por reconversión/capacitación de jueces multicompetentes.
Estos jueces constitucionales son producto de la aprobación en la consulta popular llevada a cabo el 21 de abril de 2024, de la pregunta “C” relativa al establecimiento de jueces y dependencias judiciales especializadas en materia constitucional que ganó con la mayoría de los votos del padrón electoral.
La pregunta en consulta popular decía: ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, de acuerdo con el Anexo 2?
¿Por qué es el campo más codiciado? Porque la justicia constitucional define frenos y aceleradores del Estado: medidas cautelares, acciones de protección, decisiones sobre políticas públicas, derechos, contratación, ambiente, seguridad, protestas, acceso a información. A través de la aplicación de derechos constitucionales, como medidas cautelares, habeas corpus, habeas data y otros, un juez decide sobre los derechos individuales y colectivos de los ciudadanos sobre potenciales abusos del Estado.
Si se captura esta capa, se captura el dispositivo de contención de conflictos: se puede bloquear, habilitar o ralentizar la acción estatal y la resistencia social con apariencia de legalidad.
II. ¿Qué salas están en juego y qué tipo de poder producen?
En la CNJ, el poder no es uniforme; se concentra por sala y por tipo de litigio.
La Sala Penal (incluye corrupción y crimen organizado) es el núcleo del ciclo político actual porque aquí se tramitan (o se revisan) casos de delincuencia organizada, narcotráfico, lavado de activos, corrupción pública y tramas de captura institucional. En términos de control político, esta sala decide tres cosas que el poder teme: verdad judicial, responsabilidad penal y efectos ejemplarizantes. Qué se juega:
Casos de corrupción sistémica vinculados al propio sistema de justicia y redes políticas.
Apelaciones, recursos, y decisiones que pueden consolidar precedentes o desarmar investigaciones.
Sala de lo Contencioso Administrativo. Es el tribunal de la disputa entre Estado y sociedad por la legalidad del poder administrativo: contratación pública, sanciones, decisiones regulatorias, responsabilidades patrimoniales, régimen de servicio público, etc. Si aquí hay captura, hay blindaje: se legaliza la discrecionalidad y se normaliza el abuso administrativo con tecnicismo.
Sala de lo Contencioso Tributario. Es poder fiscal en estado puro. Afecta grandes intereses económicos y la capacidad del Estado de recaudar, perseguir evasión, sostener o perder litigios tributarios de alto valor. Si se contamina, se vuelve una “aduana judicial”: un lugar donde el poder económico compra tiempo o resultados.
Sala Laboral y Sala Civil/Mercantil/Familia. Parecen menos “políticas”, pero en coyuntura de crisis sirven para dos operaciones silenciosas: (a) disciplinar gremios y sindicatos (conflictos laborales), y (b) controlar patrimonio, contratos y litigios empresariales.
Cuando el sistema está capturado, lo “civil” se vuelve mecanismo de premiar aliados y castigar disidentes sin costo mediático.
¿Qué casos concretos se cruzan con esta renovación (2026)?
Lo relevante no es solo que existan casos, sino en qué instancias están y qué decisiones faltan: evaluaciones y preparatorias de juicio, juzgamientos, apelaciones, y casaciones. En el radar 2026 aparecen, entre otros, expedientes de alta connotación vinculados a corrupción y redes de justicia: Caso Purga (en CNJ ya tuvo hitos de juzgamiento), y el ecosistema de causas que incluye Metástasis, Plaga y Pantalla; además de procesos como Sinohydro (que toca al expresidente Lenín Moreno), Reconstrucción de Manabí (con Jorge Glas), Triple A (con Aquiles Álvarez) e Independencia Judicial (obstrucción de la justicia), que anticipan audiencias y resoluciones en 2026.
Traducción política:
En los casos penales de alto perfil, controlar integraciones y ritmos equivale a controlar el daño.
Un poder que teme a la justicia no necesita ganar en derecho; le basta ganar en tiempo, en integración, en fatiga social y en desgaste reputacional de quienes investigan.
III. Estrategia de captura: cómo se “toma” la Función Judicial sin tanques
La captura contemporánea de la justicia funciona como una ingeniería de baja visibilidad. Se ejecuta por capas:
Capa 1. Administración del personal Encargos, temporalidades, designaciones de jueces temporales, concursos ralentizados o acelerados, creación de unidades nuevas y redistribución de cargas. No se gana por argumentos: se gana por nombramientos.
Capa 2. Disciplina y miedo Sumarios, sanciones, retiro de seguridad, aislamiento institucional de jueces incómodos. La señal es simple: el que se sale del guion queda expuesto.
Capa 3. Agenda y saturación Mientras la opinión pública mira un escándalo y se canibalizan las redes sociales, se operan resoluciones administrativas, reglamentos y designaciones. La captura no entra por la puerta principal; entra por la ventanilla de trámites…
Capa 4. Narrativa El discurso de “depuración” puede convertirse en coartada para sustituir autonomía por obediencia. La purga real no expulsa corruptos: expulsa independientes o no alineados.
Qué le toca hacer a la sociedad civil: tareas urgentes, concretas y no simbólicas Veeduría técnica, no solo moral.
Seguimiento público y sistemático de: concursos, designaciones temporales, conjueces, criterios de integración de tribunales, carga procesal y movimientos internos. La veeduría debe producir datos, no adjetivos.
Observatorio de integraciones y tiempos Registrar en cada causa de alto perfil: cambios de integración, suspensiones, diferimientos, reasignaciones y resoluciones administrativas alrededor del caso. La captura se detecta en el patrón, no en un evento.
Blindaje y protección a operadores judiciales. Exigir protocolos verificables de seguridad para jueces en casos de crimen organizado y corrupción. Si el Estado no protege, está tomando partido.
Litigio estratégico e internacionalización selectiva. Cuando haya patrones de hostigamiento o interferencia, activar rutas ante instancias internacionales (sistema interamericano) con expedientes documentados. No como gesto, sino como mecanismo de costo reputacional real.
Pacto social de intolerancia a la captura. Presionar a universidades, gremios, colegios de abogados, organizaciones de derechos y medios para sostener una posición común: independencia judicial como condición mínima de democracia. Sin eso, no hay “Estado”, hay administración de impunidad.

