jueves, marzo 5, 2026
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Daniel Vergara Llerena

Daniel Vergara Llerena

Integrante del Observatorio de Control Ciudadano

La participación ciudadana es un deber democrático

Cuando la confianza pública se debilita, el silencio ciudadano deja de ser neutral y la participación se convierte en un deber. Por ello he postulado para integrar la veeduría del proceso de selección y designación del vocal suplente del Consejo de la Judicatura.

En Ecuador, la institucionalidad atraviesa una crisis que se extiende a todas las esferas del poder. Esta realidad se ve reflejada con especial preocupación en la Función Judicial, particularmente en el Consejo de la Judicatura y en la Corte Nacional de Justicia.

Cuando la confianza pública se debilita, el silencio ciudadano deja de ser neutral y la participación se convierte en un deber. Por ello he postulado para integrar la veeduría del proceso de selección y designación del vocal suplente del Consejo de la Judicatura, convencido de que, en momentos críticos, la participación ciudadana pasa de ser un derecho optativo a una obligación ética.

La apertura de este proceso tiene su origen por una sorpresiva inhabilitación para ejercer cargo público de la exvocal suplente Alexandra Villacís. Más allá de las acciones legales que ella pueda emprender o este emprendiendo, lo cierto es que esta situación ha generado incertidumbre y ha profundizado la desconfianza sobre la manera en que se designará a su reemplazo.

No estamos frente a un simple relevo administrativo sino que se trata de la afectación directa a una función que a priori debe ser independiente y que incide directamente en la estabilidad y el adecuado funcionamiento del sistema judicial ecuatoriano.

Paralelamente a lo antes mencionado, el procedimiento ha seguido su curso institucional. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, mediante boletín de prensa No. 1198 de 10 de febrero de 2026, solicitó a la Corte Nacional de Justicia el envío de la terna correspondiente.

Cuando el órgano encargado de garantizar la correcta administración de justicia se encuentra cuestionado, la vigilancia ciudadana deja de ser un accesorio y se convierte en una necesidad urgente. Las veedurías no son un requisito decorativo, sino que es un mecanismo de control social diseñado para fortalecer la transparencia.

Al día siguiente, a través del boletín No. 1201, convocó a la ciudadanía a postular para las veedurías del concurso. El 12 de febrero informó que, mediante Oficio No. 280-MRR-P-CNJ-2026, suscrito por el presidente de la Corte Nacional de Justicia, el Dr. Marco Rodríguez Ruiz, se remitieron los nombres de la terna: Mercedes Johanna Caicedo Aldaz; Óscar Gonzalo Chamorro González; y María Fernanda Morejón Villavicencio.

Estos pasos evidencian que el proceso avanza conforme a la normativa y dentro de los plazos establecidos. Todo esto ocurre en un contexto especialmente delicado. La crisis institucional del Consejo de la Judicatura se ha visto agravada por la forma en la cual salió de su expresidente Mario Godoy, quien, pese a haber presentado su renuncia, fue destituido y censurado por la Asamblea Nacional el 18 de febrero de 2026 por inoperancia.

Cuando el órgano encargado de garantizar la correcta administración de justicia se encuentra cuestionado, la vigilancia ciudadana deja de ser un accesorio y se convierte en una necesidad urgente. Las veedurías no son un requisito decorativo, sino que es un mecanismo de control social diseñado para fortalecer la transparencia y la legitimidad de los procesos públicos.

La ciudadanía organizada, observando y fiscalizando, constituye un contrapeso frente a cualquier riesgo de opacidad, arbitrariedad e ilegitimidad. La democracia no se limita al voto; se ejerce también en la supervisión activa de los actos públicos. Vigilar, cuestionar e incluso impugnar cuando sea necesario es parte de proteger el sistema de justicia de intereses ajenos al bien común. Solo mediante una participación ciudadana firme y responsable podremos comenzar a reconstruir la credibilidad de nuestras instituciones y reafirmar que la justicia pertenece a la sociedad y no a quienes circunstancialmente la administran.

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