domingo, febrero 22, 2026

Un modelo de militarización para la extracción minera 

La estrategia de militarización y control de las áreas protegidas ha puesto en alerta a los pueblos y nacionalidades y a las organizaciones ambientalistas. El argumento de luchar contra el crimen organizado y la minería criminal, de lo cual se tiene conciencia, puede ser una puerta para la privatización y entrega de licencias a mineras transnacionales en las zonas de protección natural.

Gustavo Isch

Por: Gustavo Isch

El Decreto Ejecutivo No. 111, firmado por el presidente Daniel Noboa el 9 de enero de 2024, reconoció formalmente la existencia de un conflicto armado interno en Ecuador. Este decreto se emitió tras una escalada de violencia relacionada con el crimen organizado y el auge de economías criminales. En su texto, Noboa añadió la causal de conflicto armado interno al estado de excepción declarado un día antes mediante el Decreto Ejecutivo No. 110 (8 de enero de 2024). De esta forma, el gobierno facultó la movilización e intervención de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional en todo el territorio nacional para combatir a 22 grupos del crimen organizado calificados como “terroristas, muchos de ellos vinculados a la minería ilegal. 

Disponibilidad del texto completo del decreto

El texto completo del Decreto 111 fue publicado y difundido oficialmente. La Secretaría General de Comunicación de la Presidencia puso a disposición el documento en su portal web, permitiendo su descarga pública. Varios medios de comunicación nacionales también reprodujeron el contenido íntegro del decreto desde el mismo 9 de enero de 2024. En el decreto se detallan las consideraciones jurídicas y las órdenes operativas: por ejemplo, se ordena expresamente a las Fuerzas Armadas realizar “operaciones militares, bajo el derecho internacional humanitario y respetando los derechos humanos, para neutralizar” a los grupos delincuenciales identificados. Esto demuestra que el gobierno no solo emitió el decreto, sino que aseguró su disponibilidad pública, dado su impacto en la seguridad y en derechos fundamentales. 

Zonas específicas contempladas

Es difícil saber cuántos campamentos artesanales de minería ilegal de oro en la Amazonía se han establecido en los últimos años en esa región —en convivencia con empresas autorizadas legalmente para extracción minera— y cuántos han sido abandonados o desmantelados por acciones de seguridad en una zona donde ha proliferado la violencia, y se ha alimentado el enriquecimiento ilícito de un incierto número de personas provenientes de varios puntos del país, muchas de ellas,  muy probablemente, vinculadas con el propio Estado.  

Es proliferación, desatada casi a vista y paciencia de quienes tenían la responsabilidad de controlar lo que estaba pasando, se ha convertido en uno de los más delicados problemas del nuevo Ecuador que surfea entre la incidencia de la delincuencia transnacional, el crimen organizado y la delincuencia política conectadas entre sí; además, por la presión de países que ansían explotar los recursos de sectores estratégicos, como Canadá y China.  

En la exposición de motivos del decreto y en posteriores informes oficiales se resaltó que varias zonas protegidas del país han sido tomadas por la minería ilegal y otros delitos. De hecho, se identificó la presencia de minería aurífera clandestina en al menos nueve áreas protegidas de la Amazonía —ncluyendo sectores adyacentes al Parque Nacional Sumaco-Napo Galeras y posiblemente al Parque Nacional Yasuní— así como en el Parque Nacional Cotacachi-Cayapas en la costa norte. Un caso emblemático es el sector de Alto Punino, ubicado entre las provincias amazónicas de Napo y Orellana, donde operaba un gran enclave de minería ilegal de oro.  

En esa zona, considerada parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, grupos armados vinculados a disidencias de las FARC establecieron campamentos mineros clandestinos protegidos con anillos de seguridad.  La situación llegó a tal extremo que en mayo de 2025 unos 1.500 militares fueron desplegados para retomar el control de aproximadamente 460 km² de selva en Alto Punino, tras la emboscada y asesinato de 11 militares que realizaban un operativo contra la minería ilegal en ese lugar.  

Estos hechos evidencian que los parques nacionales y reservas ecológicas en provincias como Napo, Orellana, Zamora Chinchipe, Sucumbíos y Esmeraldas figuran entre las zonas contempladas para la intervención de las fuerzas de seguridad, al haberse convertido en focos de actividades ilícitas. 

Las razones legales y políticas del Gobierno

El Gobierno de Daniel Noboa esgrimió razones de seguridad nacional, ambientales y jurídicas para emitir este decreto e intervenir en las áreas protegidas. Legalmente, Noboa se amparó en las facultades excepcionales que le otorga la Constitución para enfrentar amenazas graves al Estado: declaró un estado de excepción por grave conmoción interna y conflictividad armada, argumentando que bandas criminales altamente organizadas estaban amenazando la integridad del país.  

Al catalogar a estas bandas (incluidos grupos dedicados a la minería ilegal) como “grupos armados organizados” y “terroristas”, el decreto permitió aplicar el marco del derecho internacional humanitario dentro del territorio nacional. Políticamente, la Presidencia justificó la medida señalando que las áreas naturales protegidas habían sido vulneradas y convertidas en refugio de economías criminales, afectando tanto al medio ambiente como a la seguridad pública.  

En un comunicado oficial, el Ejecutivo afirmó que el objetivo era “ordenar, proteger y reactivar económicamente” esos territorios, restableciendo la presencia del Estado en zonas estratégicas para la seguridad nacional. La ministra de Ambiente, María Luisa Cruz, respaldó públicamente la decisión de Noboa indicando que “nuestras áreas protegidas no son refugio de criminales” y celebrando la medida como un paso acertado para “garantizar la presencia del Estado, proteger la vida y nuestra riqueza ambiental” en dichos lugares. Asimismo, el gobierno subrayó que la minería ilegal, la caza furtiva, el narcotráfico y otras actividades ilícitas estaban financiando a grupos armados, por lo cual era necesario intervenir estos sitios para cortar las fuentes de financiamiento del crimen organizado y preservar el patrimonio natural de la nación.

En suma, la justificación oficial combinó argumentos de defensa nacional, protección ecológica y desarrollo local, indicando que sin una respuesta contundente (incluyendo el uso de Fuerzas Armadas y Policía) estas áreas continuarían fuera del control estatal, con graves consecuencias para la soberanía, la biodiversidad y las comunidades locales. 

El Ejecutivo afirmó que el objetivo era “ordenar, proteger y reactivar económicamente” esos territorios, restableciendo la presencia del Estado en zonas estratégicas para la seguridad nacional.

Las organizaciones reaccionan

La respuesta al decreto y a la política de militarización de las áreas protegidas ha sido dividida. Por un lado, autoridades del gobierno y afines expresaron apoyo: por ejemplo, Niels Olsen, presidente de la Asamblea Nacional y exministro de Turismo, defendió la necesidad de la medida al revelar que se han recibido denuncias de minería ilegal en diez áreas protegidas del país. Olsen y otros aliados gubernamentales recalcaron la precariedad en que se encuentra el Sistema Nacional de Áreas Protegidas y la urgencia de recuperar esos territorios del control de mafias.  

Por otro lado, organizaciones indígenas y colectivos ambientales han manifestado fuerte oposición y preocupación. La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), principal organización indígena, rechazó las políticas de Noboa en materia minera y la presencia de fuerzas de seguridad en territorios ancestrales. En junio de 2025, el presidente de la CONAIE, Leonidas Iza, acusó al Gobierno de “entregar el país al capital minero” sin respetar los derechos colectivos ni los procesos de consulta previa. Iza advirtió que el modelo minero-militar de Noboa “solo va a profundizar la pobreza, contaminación y conflictos” en las comunidades indígenas, y anunció que la CONAIE defenderá sus territorios incluso con movilizaciones nacionales si es necesario. De igual manera, organizaciones de la Amazonía, como la Organización Kichwa de Pastaza, expresaron sorpresa y descontento al enterarse del proyecto gubernamental, señalando la falta de consulta prelegislativa y el temor de que se imponga una intervención sin consentimiento en tierras habitadas por pueblos originarios. 

La Conaie y el Frente Nacional Antiminero anuncian resistencia frente a la expansión minera en Ecuador. Foto: CONAIE

Grupos ambientalistas de alto perfil también han reaccionado con escepticismo. WWF-Ecuador, a través de su director Tarsicio Granizo (exministro de Ambiente), calificó de “error gravísimo” ciertas disposiciones del plan de Noboa para áreas protegidas, advirtiendo que podrían equivaler a una “privatización encubierta” del patrimonio natural. Granizo y otros expertos señalaron que, si bien es crucial aumentar recursos y seguridad en los parques nacionales, crear una empresa pública para gestionarlos con lógica de lucro es contraproducente, y enfatizaron que la conservación y el control ambiental deben primar sobre intereses empresariales.  

Asimismo, la Asociación de Guardaparques del Ecuador, representada por Augusto Granda, expuso su preocupación ante la Asamblea Nacional: temen que la participación del sector privado y de fuerzas de seguridad pueda marginar el rol técnico de los guardaparques y no garantice adecuadamente los derechos de las comunidades locales ni la protección de los ecosistemas frágiles. Organizaciones de derechos ambientales como Amazon Frontlines también criticaron la iniciativa, señalando que ignora la presencia y los derechos de al menos diez pueblos indígenas y afroecuatorianos cuyas tierras ancestrales coinciden con áreas protegidas establecidas sin consulta.  

La abogada Lina María Espinosa (Amazon Frontlines) advirtió que las medidas de Noboa “desconocen la presencia de pueblos originarios” y podrían agravar los conflictos, ya que históricamente muchos de estos pueblos no fueron consultados cuando sus territorios pasaron a ser parques o reservas naturales. 

Si el Estado autoriza actividades contrarias a esa voluntad popular, viola principios constitucionales como la soberanía, la participación ciudadana y la protección de derechos colectivos.

Deslegitima la democracia directa

En febrero de 2021, el pueblo de Cuenca votó en consulta popular y más del 80 % dijo NO a la minería metálica en zonas de recarga hídrica. 

Si el Estado autoriza actividades contrarias a esa voluntad popular, viola principios constitucionales como la soberanía, la participación ciudadana y la protección de derechos colectivos.

Parque Nacional El Cajas. Foto: Archivo PlanV

Crea un precedente de impunidad institucional

Saltarse el resultado de una consulta debilita toda herramienta de participación ciudadana futura: referendos, plebiscitos, cabildos, etc. 

Esto convierte la democracia en un acto simbólico, sin efectos reales. Es ya una conducta repetitiva de distintos gobiernos.

Aumenta el riesgo de conflicto social

Cuando la vía institucional es ignorada, los pueblos buscan otras formas de defensa. Esto puede escalar en protestas, bloqueos, paralizaciones o enfrentamientos. La paz social se rompe cuando el Estado no cumple su propia ley.

Desprotege ecosistemas estratégicos

Más allá de lo jurídico, el efecto directo es el riesgo ambiental irreversible: contaminación de acuíferos, afectación a ríos, pérdida de biodiversidad y alteración del equilibrio hídrico de la región. 

Ante este escenario ¿Qué acciones legales podrían tomar quienes se oponen?

Acción de protección constitucional

Cualquier ciudadano, colectivo u organización puede presentar una acción de protección por violación de derechos constitucionales (como el derecho al agua, a la naturaleza, a la consulta popular y a la participación). Esta acción puede solicitar medidas cautelares para detener la obra mientras se resuelve el caso.

Demanda de incumplimiento ante la Corte Constitucional

Puede plantearse que el gobierno (Ejecutivo o ministerios) está incumpliendo el resultado de una consulta popular vinculante, lo cual es violatorio del artículo 106 y 104 de la Constitución. La Corte podría declarar inconstitucional cualquier permiso otorgado en contradicción con la consulta. 

Un ejemplo de este escenario ya puede verse en el caso del proyecto minero Loma Larga, ubicado en la provincia de Azuay y operado por la canadiense Dundee Precious Metals Inc., el cual avanza hacia su fase de construcción tras completarse un proceso de consulta previa impulsado por el Gobierno entre junio de 2024 y mayo de 2025, con participación de comunidades como Escaleras.

Técnicos del proyecto minero Loma Larga, en junio del 2023. Foto: Dundee Precious Metals.

Sectores comunitarios, incluyendo líderes de Escaleras y organizaciones sociales en Cuenca y Girón, han denunciado irregularidades: sostienen que la consulta se realizó fuera del territorio, con baja difusión y sin votación vinculante, por lo que han apelado judicialmente y advierten que el proceso podría ser declarado fraudulento. A pesar de estos reparos, el 23 de junio de 2025 la empresa obtuvo la licencia ambiental para iniciar la explotación de oro, plata y cobre, aunque aún persisten recursos judiciales pendientes que podrían frenar su implementación (Dundee Precious Metals Inc. +4).

Denuncia ante instancias internacionales

Como el conflicto en Loma Larga involucra una empresa canadiense, se puede presentar una queja ante tribunales ambientales canadienses; la Corte Interamericana de Derechos Humanos, o mecanismos de la OCDE para empresas multinacionales. La OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. Se trata de un organismo internacional intergubernamental creado en 1961, con sede en París, que agrupa a 38 países miembros comprometidos con la democracia representativa y la economía de mercado. Se puede alegar violación del derecho al consentimiento libre, previo e informado de las comunidades.

Acciones administrativas y fiscalización local

El Municipio de Cuenca, ETAPA y otras instituciones pueden negar servicios, cerrar accesos, impugnar permisos técnicos y mantener recursos administrativos abiertos contra el proyecto. También pueden denunciar penalmente si se detectan falsedades, ocultamientos o violaciones a normas ambientales. 

Ignorar una consulta popular es ignorar la voluntad soberana del pueblo. En este caso, hacerlo pone en juego no solo el agua y el medio ambiente, sino la democracia misma. 

Fuentes:  

El decreto ejecutivo No. 111 de 9 de enero de 2024 (Presidencia de Ecuador) lexis.com.eclexis.com.ec; Secretaría General de Comunicación de la Presidenciacomunicacion.gob.ec; Diario El Comercioelcomercio.comelcomercio.com; Agencia EFE/Swissinfoswissinfo.chswissinfo.ch; Latames.mongabay.comes.mongabay.com; expreso.ec; infobae.com; GKCitygk.city; HumanRights Watchhrw.org; Ministerio de Defensa / Ecuador TVswissinfo.chswissinfo.ch. kchcomunicacion.com. 

 

Gustavo Isch

Gustavo Isch

Consultor político, experto en comunicación electoral y de gobierno. Docente de la Universidad Andina Simón Bolívar

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