miércoles, marzo 18, 2026
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Milton Castillo

Milton Castillo

Abogado, ex defensor del Pueblo y de la Naturaleza de Galápagos.

In dubio pro Godoy

La figura del abogado Mario Godoy, actual presidente del Consejo de la Judicatura, mayoritariamente impugnada por falta de probidad e idoneidad, ya no va a ser sometida a la contraloría ciudadana.  Ha nacido así el principio in dubio pro Godoy.

¿Qué pensaría el señor Ministro del Interior si supiera que, para los ciudadanos, el CPCCS es lo que para él los jueces que dejan libres a delincuentes?

La justicia ecuatoriana se encuentra en un momento crítico: sometida a un proceso de selección de sus nuevos administradores. Los candidatos al futuro Consejo de la Judicatura, órgano presidido actualmente por quien también es candidato, esperan ser designados por el Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS). Esta selección determinará quiénes tendrán la imperiosa obligación de hacer lo que no se ha hecho en estos últimos años: evaluar a los jueces, llamar a concursos y deshacer la estructura heredada que ha mantenido intocable, cuestionado, ineficiente y lleno de apetitos insanos al sistema judicial.

En este contexto de transición institucional, las reiteradas denuncias del Ministro del Interior sobre el comportamiento de jueces -sobre todo en los últimos meses-, han puesto en evidencia una crisis que trasciende casos aislados. Desde la denuncia contra la jueza de Zamora por medidas cautelares irregulares en casos de sicariato, hasta la séptima recaptura de alias «Matatán» y su posterior liberación por decisión judicial, el patrón es claro: la justicia ecuatoriana enfrenta una patología institucional que requiere intervención urgente.

Estas denuncias ministeriales cobran especial relevancia porque señalan precisamente a aquellos magistrados que el actual Consejo de la Judicatura con el actual presidente a la cabeza no evaluó, y los futuros consejeros de la Judicatura deberán evaluar. La seguridad ciudadana se ve comprometida por decisiones judiciales cuestionables, mientras el órgano que debió corregir estas fallas de fondo permanece aplicando paños húmedos.

Para comprender la magnitud de esta crisis, es fundamental analizar cómo se ha pervertido uno de los pilares del derecho penal. El principio «in dubio pro reo» (por usar el más conocido ante principios parecidos como el de favorabilidad o de presunción de inocencia).

El principio in dubio pro reo ha sufrido una doble profanación. Por un lado, ha sido mercantilizado por procesados y sus abogados que lo explotan como coartada ante jueces carentes de rigurosidad técnica. Por otro, ha sido satanizado por el poder político, cuando, en una sociedad  llena de violencia, jueces con objetividad lo aplican correctamente, siendo estos señalados como cómplices de la delincuencia.

Éste representa uno de los logros más preciados del derecho: la conquista doctrinaria y filosófica que antepone la libertad individual al poder punitivo del Estado. Nacido del reconocimiento de la asimetría entre el ciudadano indefenso y la maquinaria estatal, este principio consagra que la duda razonable debe favorecer al procesado, no al aparato persecutor. Es el bastión último contra la arbitrariedad, la materialización jurídica de que es preferible que un culpable quede libre antes que un inocente sea condenado.

No obstante su utilidad y nobleza, ha sufrido una doble profanación. Por un lado, ha sido mercantilizado y pervertido por procesados y sus abogados que lo explotan como coartada ante jueces carentes de rigurosidad técnica, transformando la duda razonable -insisto, solo cuando hay duda- en liberación automática sin fundamento jurídico sólido. Por otro, ha sido satanizado por el poder político, cuando, en una sociedad  llena de corrupción, violencia y muerte, jueces con objetividad lo aplican correctamente, siendo estos magistrados señalados como cómplices de la delincuencia.

Estas profanaciones del principio generan un escenario perverso: la duda ya no protege al inocente ni respeta al juez íntegro. Y es precisamente esta distorsión la que las denuncias ministeriales ponen sobre el tapete, evidenciando casos donde la aplicación incorrecta del principio permite que sicarios y criminales puedan quedar en libertad, y sobre los jueces quede un estigma que, no debería existir, si tales fueran adecuadamente evaluados y tuvieran un historial ya verificado de comportamientos correctos. La calentura no está en las sábanas.

La profanación del principio alcanza su máxima expresión en un contexto inesperado: el proceso de impugnaciones de los candidatos al Consejo de la Judicatura ante el CPCCS.

La «comisión técnica» del Consejo de Participación Ciudadana, en lugar de analizar objetivamente y sin parcialización alguna los requisitos de forma de las impugnaciones a los candidatos al Consejo de la Judicatura, decidió no dar paso a ninguna impugnación, haciendo juicios de valor, invocando principios de presunción de inocencia, de inexistencia de pruebas conducentes, para de esa manera, generar ante la opinión pública un ambiente de duda respecto de la rigurosidad de las impugnaciones hechas por los ciudadanos y proteger a los candidatos cuestionados.

La ironía es devastadora: mientras el Ministro del Interior denuncia la liberación de sicarios por decisiones judiciales inexplicables donde se aplica incorrectamente el «in dubio pro reo», el órgano encargado de seleccionar a quienes deben evaluar y controlar a esos mismos jueces aplica su propia versión pervertida del principio.

La figura del abogado Mario Godoy, actual presidente del Consejo de la Judicatura, mayoritariamente impugnada por falta de probidad e idoneidad, en consecuencia, ya no va a ser sometida a la contraloría ciudadana.  Ha nacido así, gracias a la Comisión Técnica el principio in dubio pro Godoy.

¿Qué pensaría el señor Ministro del Interior si supiera que, para los ciudadanos, el CPCCS es lo que para él los jueces que dejan libres a delincuentes?

¿Quiénes son los artífices de este nuevo principio? Analicemos la composición de esta supuesta comisión técnica conformada por personal puesto por los consejeros. Conforme la información interna, a la que tuve acceso por personal al interno, y que lamentablemente no consta en la página web del CPCCS, a pesar de la obligación constante en la Ley Orgánica de Transparencia de la Información, este es el perfil administrativo de sus integrantes:

Una integrante fue analista de viáticos y pasajes. ¿De eso a evaluar impugnaciones sobre probidad de autoridades judiciales? Otro miembro es técnico de Help Desk.  Ahora, de pronto, convertido en árbitro de la moralidad pública. Otra es asistente administrativa. Nada que ver con derecho constitucional ni con estándares de selección judicial. A esto súmenles asesores de confianza, de los consejeros especialistas en «transparencia» de escritorio y algún magíster en comunicación.  ¿Alguna vez estos integrantes de la Comisión Técnica recibieron algún tipo de evaluación?

La ironía es devastadora: mientras el Ministro del Interior denuncia la liberación de sicarios por decisiones judiciales inexplicables donde se aplica incorrectamente el «in dubio pro reo», el órgano encargado de seleccionar a quienes deben evaluar y controlar a esos mismos jueces aplica su propia versión pervertida del principio, que a la final solo logrará  que la estructura que dejó don Jalkh y sus players permanezca intocable pues, aun cuando pase intacta ante la Corte Constitucional la nueva Ley de Seguridad que permitirá el procedimiento expedito para nombrar jueces, lo que habrá es una presión desde la judicatura a los jueces para que actúen bajo el miedo que les impondrá la lógica de la no probidad ni idoneidad, y no los principios de la justicia.

Estamos ante la crónica de una inseguridad y corrupción, anunciadas.

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