En el oficialismo se vive una dura paradoja frente a los cerca de 3.000 jóvenes que presumiblemente están involucrados con grupos delincuenciales organizados (GDO).
Por un lado, el Legislativo piensa acabar con las mafias de reclutadores de niñas, niños y adolescentes (NNA), castigando a las víctimas con penas de hasta 15 años, mientras que para los reclutadores el actual régimen penal solo dispone entre 10 y 13 años de prisión.
Así, el pasado martes 24 de junio, el Pleno aprobó la Ley Orgánica de Integridad Pública, la cual entró en vigencia dos días después, al no haber veto presidencial. En dicho texto, la disposición reformatoria tercera construye un nuevo y severo sistema penal para NNA.
El Ejecutivo, en cambio, considera que los NNA involucrados con delitos o con GDO son víctimas y ofensores de la ley, al mismo tiempo. Por ello, la respuesta pasa más por la prevención del reclutamiento y por la erradicación de las condiciones de vulnerabilidad socioeconómica en las que viven los chicos reclutados por bandas.
Para ese efecto, el pasado 17 de junio se activó ya el comité interministerial que hasta finales de julio deberá presentar la estrategia nacional para la prevención y erradicación del reclutamiento de NNA por parte de los GDO.
¿2.750, 3.000, 3.386? ¿Cuántos jóvenes han sido reclutados?
Es difícil llegar a una cifra absoluta que satisfaga la inquietud nacional sobre cúantos NNA han sido reclutados por las mafias. En una entrevista con la agencia Efe, Harold Burbano, ministro de Inclusión Económica y Social, dijo que “de las 55.000 o 60.000 personas vinculadas a las bandas de delincuencia, cerca de un 5 por ciento son niños”.
Bajo esta relación, entre 2.750 y 3.000 NNA tendrían relación con algún GDO. Lo que sí se ha podido cuantificar y dimensionar son los territorios en los cuales hay mayor vulnerabilidad a que las bandas recluten a NNA.
El siguiente mapa ha sido trabajado con base en la información de los diversos circuitos policiales desplegados en el país. Tal georeferenciación es uno de los insumos en la elaboración de la estrategia nacional contra el reclutamiento.
Por otra parte, un reciente y revelador estudio del Observatorio Ecuatoriano del Crimen Organizado indica que 238 NNA de 2.948 entrevistados en nueve ciudades de la Costa reconocieron su afiliación a alguna “banda”. Luego, el 13,6% de esa muestra admitió tener algún familiar vinculado con los GDO y el 27,6% dijo tener conocidos con alguna relación con dichos grupos. Y lo más grave: 5 de cada 10 denunciaron que en sus barrios están expuestos a estos criminales.
El documento presentado por el OECO es un valioso insumo cuantitativo-cualitativo para entender las hondas causas del relacionamiento de jóvenes con grupos delincuenciales. Su estudio indica que las dos principales motivaciones de quienes admitieron ser parte de una banda son la necesidad de sentirse respetados y el deseo de abandonar sus hogares.
Y desde la perspectiva de las bandas reclutadoras, el informe indica que grupos como Los Choneros, Los Lobos y las bandas satélite de ambos reclutan a los NNA mediante incentivos económicos. Grupos como Los Tiguerones o Chone Killers lo hacen mediante presión grupal.
La Asamblea, en su sobrevuelo argumentativo al proponer el endurecimiento de penas contra jóvenes que comete delitos, manejó otra cifra: 3.086 menores. “De enero a octubre (de 2024), la Policía Nacional detuvo a 3.086 menores de edad por diversos crímenes”: así se lee en el informe para segundo debate de la ley que finalmente fue aprobada el 24 de junio. Pero detención no significa, a raja tabla, vinculación a un GDO.
A los legisladores llamó la atención los 3.086 detenidos en 2024 frente a los 1.889 de 2023. En estos últimos años, la principal causa de detención está relacionada con robos, hurtos, estafas y extorsiones. Un dato es llamativo al respecto: 6 de cada 10 jóvenes detenidos apenas ha terminado la primaria; asimismo, 6 de cada 10 son cabezas de hogar.
En lo que va del conflicto armado interno (desde el 9 de enero de 2024 a la fecha), el Ministerio del Interior indica que hay 3.386 menores detenidos. En 2025 (corte hasta mayo), en cambio, hay 481 jóvenes con responsabilidad penal, entre los principales delitos constan: 61 por asesinato, 17 por intento de homicidio, 17 por extorsión y 7 por delitos sexuales.
En qué pensaban los legisladores
84 legisladores que aprobaron la Ley Orgánica de Integridad Pública creyeron que al endurecer las penas contra NNA “se atiende una grave preocupación nacional: el creciente reclutamiento de menores por bandas delictivas organizadas”. Eso se lee en las justificaciones del texto promulgado por la Asamblea, el martes 24 de junio, y vigente desde el jueves 26 de junio, una vez que el Presidente de la República lo remitiera al Registro Oficial sin veto alguno.
Dicho texto es una fanesca legislativa, pues fue remitido por la Presidencia con carácter de económico-urgente y mediante su articulado, fundamentalmente sus disposiciones generales, transitorias, reformatorias y derogatorias —varias introducidas a último momento— se modifica un ramillete de leyes y códigos, entre ellas la novísima Ley de Solidaridad Nacional (aprobada el pasado 7 de junio), el Código Orgánico Integral Penal, el Código de la Niñez y Adolescencia, el Código Monetario, la Ley de Servicio Público, la de Tránsito, la de Movilidad Humana, entre ocho cuerpos legales más.
Los cambios para juzgar como adultos a adolescentes que hayan cometido delitos graves responden a una idea que se le ocurrió al legislador Andrés Castillo, de ADN, y que fue introducida con apremio en la disposición reformatoria tercera, con la cual se proponen nuevos textos al Código de la Niñez, en sus artículos 331, 334, 342, 343, 347, 371, 385, 388 (ver las páginas 121 a la 129 de este PDF: )
El asambleísta Castillo, en el Pleno del martes 24, como en una puesta en escena en un plató, mirando de frente a la cámara de la Televisión Legislativa, expresó: “Les digo a ustedes: a los grupos que defienden a los criminales, aquellos que se sostienen en el argumento de que son niños y que porque son niños hay que protegerles: hay que hablar principalmente de los derechos de la gente buena. En el Ecuador tenemos derecho a vivir, no a matar; tenemos derecho a estudiar, no a formar parte de bandas, y nosotros como Estado debemos proteger a nuestros jóvenes para que no caigan en manos del crimen organizado y de las mafias, reproduciendo ese sistema que a ustedes les mantiene cómodos, tomando chocolatito caliente desde las ONGs que reciben plata desde afuera, cuando hay madres que lloran a sus hijos, cuando hay mujeres que han sido violadas, cuando hay negocios que han sido cerrados”.
En la lógica del oficialismo, la estrategia para que los adolescentes no caigan “en las manos de las mafias” es endurecer su sistema de juzgamiento. Todo lo aprobado —se lee en los considerandos de la ley— tiene por fin reducir “el interés en los grupos criminales organizados”… El anterior sistema de juzgamiento, vigente desde 2003, acoge una serie de medidas socioeducativas que apuntan a la rehabilitación y reinserción del joven infractor y se orienta, entre otros tratados internacionales, por las Reglas mínimas de Beijing sobre administración de justicia para menores (1985).
Un nuevo sistema penal para los adolescentes
Estos son los principales cambios con los cuales aumenta el poder punitivo sobre adolescentes que cometen delitos graves. Transcripción textual de la norma:
- Para los casos de delitos sancionados con pena privativa de libertad de más de un mes hasta tres años, se aplicará la medida de amonestación y una o más de las siguientes medidas:
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- Imposición de reglas de conducta de uno a seis meses.
- Orientación y apoyo psico socio familiar de tres a seis meses.
- Servicios a la comunidad de uno a seis meses.
- Libertad asistida de tres meses a un año.
- Internamiento domiciliario de tres meses a un año.
- Internamiento de fin de semana de uno a seis meses.
- Internamiento con régimen semiabierto de seis meses a dos años.
- Para los casos de delitos sancionados con pena privativa de libertad superior a tres años y hasta cinco años, se aplicará la medida de internamiento institucional de uno a dos años.
- Para los casos de delitos sancionados con pena privativa de libertad superior a cinco años y hasta diez años, se aplicará la medida de internamiento institucional de tres a cinco años. En estos casos no se aplicarán otras medidas socioeducativas privativas de libertad distintas al internamiento institucional, y no podrá cambiarse su régimen de ejecución al semi abierto o abierto.
- Para los casos de delitos sancionados con pena privativa de libertad superior a diez años, se aplicará la medida de internamiento institucional de diez a doce años. En estos casos no se aplicarán otras medidas socioeducativas privativas de libertad distintas al internamiento institucional, y no podrá cambiarse su régimen de ejecución al semi abierto o abierto.
- Para los casos de delitos sancionados por el tipo penal establecido en el artículo 139.1 y sus delitos conexos, se aplicará la medida de internamiento institucional de doce a quince años. En estos casos no se aplicarán otras medidas socioeducativas privativas de libertad distintas al internamiento institucional, y no podrá cambiarse su régimen de ejecución al semi abierto o Abierto.
¿Qué pasará, en cambio, si el adolescente, en el cumplimiento de estas nuevas penas, alcanza la mayoría de edad? Esto, textualmente, determina la ley:
- El adolescente sentenciado al llegar a la mayoría de edad continuará con la medida socioeducativa impuesta. Si es una medida socioeducativa privativa de libertad, permanecerá en una sección especial en el mismo Centro de adolescentes infractores. Durante la existencia de un conflicto armado interno y en los casos de cometimiento de los delitos detallados a continuación, el cumplimiento de la medida socioeducativa será en Centros de Privación de Libertad.
- Para tal efecto, se establecerán secciones especiales en los referidos centros a fin de garantizar la protección de sus derechos:
-Enriquecimiento ilícito, y enriquecimiento privado no justificado
-Lavado de activos
-Tráfico de influencias, y oferta de realizar tráfico de influencias, relacionada con los grupos armados organizados
-Testaferrismo
-Extorsión, y secuestro extorsivo
-Obstrucción de justicia
-Asociación ilícita, relacionada con los grupos armados organizados
-Delincuencia organizada, terrorismo y su financiamiento
-Delitos relacionados con la actividad ilícita de recursos mineros
-Delitos de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, y producción ilícita de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización
-Delitos cometidos en contra de actividades hidrocarburíferas
-Sicariato, asesinato, trata de personas
-Reclutamiento de niños, niñas y adolescentes con fines delictivos
-Tráfico ilícito de armas
-Tenencia y porte no autorizado de armas y municiones o componentes de uso privativo de las Fuerzas Armadas o de uso privativo de la Policía Nacional
Berenice Cordero, exministra de Inclusión Económica y Social, considera que tras estos cambios los adolescentes entre 12 y 17 años van a pagar todo el malestar social por la escalada de la inseguridad, además de pagar por la ignorancia legislativa en relación a las causas y contextos en que los jóvenes cometen delitos y por la polarización política que no ha posibilitado un debate más informado sobre la materia.
Acerca de esta polémica reforma, Cordero expuso cifras clave sobre menores involucrados con delitos y todas las omisiones del Estado y la sociedad. Lo hizo en el programa Mesa de análisis:
En esa misma línea, Mónica Luzarraga, del Pacto por la niñez y la adolescencia, piensa que con esos cambios se perpetúa un discurso punitivo que criminaliza a la adolescencia, “desviando la atención de los verdaderos problemas estructurales que la aquejan. La niñez y la adolescencia no pueden ser el blanco de reformas improvisadas y de agendas punitivistas”.
Mediante una reflexión jurídica, el Pacto expone sus inquietudes sobre este nuevo marco penal para adolescentes.
Ramiro García, penalista y catedrático universitario, vuelve la mirada sobre lo estructural. “Prevenir, antes que castigar debe ser el principio rector frente al reclutamiento de niños y adolescentes por el crimen organizado”.
El exdecano de Jurisprudencia de la Universidad Central expresa que castigar más no significa prevenir más. “Un adolescente en situación de pobreza, sin educación, sin protección del Estado, no va a pensar dos veces antes de aceptar “trabajar” para una banda. Su entorno ya lo empujó a decidir”. Y, además, las bandas saben que si un adolescente reclutado cae en prisión, simplemente irán por el próximo adolescente del barrio…
¿Qué hacer para trabajar en acciones preventivas antes que coercitivas? García propone lo siguiente:
- Evitar el primer contacto de los menores con la estructura criminal y esto implica que los niños estén en la escuela, no en la esquina
- Activar políticas sociales sostenidas, no reactivas, de intervención integral en territorios, con educación, salud mental y deportes.
- Impulsar sistemas de justicia juvenil restaurativa.
- Sostener una persecución real a los adultos que reclutan.
El penalista concluye que un Estado fuerte no es el que encarcela más. Es el que protege mejor y llega primero que la banda. “El que entiende que un niño en manos del crimen no necesita una celda, necesita un salvavidas”.
Una mirada más integral desde el Gobierno

La coyuntura está atravesada por una severa paradoja. Mientras el Legislativo dota al Estado de una mayor carga punitiva contra jóvenes involucrados en delitos, el Ejecutivo busca una respuesta integral.
El pasado 24 de Mayo, día de su segunda posesión, el presidente Daniel Noboa dijo que en su nuevo periodo una de las prioridades será luchar contra el abandono escolar. Luego, el 5 de junio, mediante Decreto Ejecutivo No. 21, el Primer Mandatario declaró como prioridad nacional la prevención y erradicación del reclutamiento de niñas, niños y adolescentes (NNA) por parte de los grupos criminales.
En esa línea, el pasado 17 de junio ya se activó el comité interinstitucional encabezado por John Reimberg, ministro del Interior, y María José Pinto, vicepresidenta de la República. Hasta finales de julio, esta sinergia deberá presentar al país la estrategia nacional frente a este fenómeno delictivo.
Uno de los puntos conceptuales de partida de esta iniciativa es el reconocimiento de “la dualidad de víctima y ofensor de la ley” que encarna un menor de edad involucrado con delitos. En el documento de construcción preliminar de la estrategia nacional, elaborado por el Ministerio del Interior, se estipula que “es esencial evitar la criminalización de niñas, niños y adolescentes que han sido cooptados bajo coerción o manipulación, sin que esto implique ignorar la necesidad de justicia y reparación”.
En el documento preliminar se enlistan cuatro ejes de acción que apuntan, precisamente, a un abordaje integral, bajo la premisa de que la seguridad ciudadana y la protección de NNA son objetivos complementarios.
Así, estos son los objetivos específicos de una iniciativa que será pulida en las próximas semanas:
- Prevención: al generar y fortalecer factores protectores para NNA con su familia, escuelas y más espacios vitales, prioritariamente en zonas con presencia ocasional, frecuente o transitoria de grupos delincuenciales que los reclutan y utilizan.
- Persecución del delito: al contrarrestar las diversas formas de violencia y explotación ejercidas contra NNA en sus redes y entorno familiar y comunitario, y así garantizar la protección integral de sus derechos.
- Protección de derechos: al garantizar una adecuada, asertiva, pertinente y eficaz oferta institucional, en lo nacional y territorial, para el pleno ejercicio de los derechos de NNA.
- Promoción de un país garante de derechos: al reconocer a NNA como sujetos de derechos, en sus entornos familiar y comunitario y al establecer redes de protección que vayan desde el Estado, la sociedad y el sector privado.
