Basta con que tenga 50 años y su casa pudiera ser un bien patrimonial. Suena bonito, pero en realidad es un «caramelo de cianuro». Esta perla, sin embargo, consta en el Art. 41 del proyecto de reforma a la Ley Orgánica de Cultura, aprobado por la Asamblea Nacional el pasado 30 de septiembre.
El hecho puso en alerta al sector inmobiliario, a los propietarios de inmuebles con esa edad, a urbanistas y también al sector académico tanto de la arquitectura como del rescate y conservación del patrimonio. El Presidente de la República tiene hasta este miércoles 30 de octubre para vetar parcial o totalmente la iniciativa, o allanarse a ella.
Ante esta polémica, el Ministerio de Cultura sostiene que en el reglamento de dicha ley se determinará el criterio mediante el cual un bien que contenga un valor cultural e histórico pudiera ser considerado como patrimonial.
En un comunicado público, esta cartera de Estado dice que tal reglamento será producto de «un diálogo consensuado y profesional, y no serán objeto de imposición de quienes tienen intereses individuales en la destrucción del patrimonio de todos los ecuatorianos».
La relevancia histórica, cultural, social y arquitectónica de una construcción son los parámetros irrenunciables por los cuales un bien puede ser declarado como patrimonio de una urbe o un país. Así lo establecen tanto la Unesco como el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural.
No basta con que dicho bien cumpla determinado tiempo de construcción. Si hoy se pensase en inmuebles con 50 años, las casas de medio Quito entrarían en esta consideración pues en la década de los 70, con el boom petrolero y una fuerte participación de la seguridad social, la capital vivió una ola constructiva clave, esencialmente para los sectores de clase media.
¿Qué pasa cuando un bien es declarado patrimonial? Pasa que el dueño de la propiedad, en muchos casos, se enfrenta a un torbellino burocrático monumental para poder hacer alguna modificación que vaya en pro del mantenimiento estructural de dicho bien. Y claro: la factura de aquel torbellino burocrático la debe asumir el dueño del bien.
Además, al ser catalogada como bien patrimonial, una casa de medio siglo no pudiera ser derrocada. Aunque en el mundo de los “contactados” siempre hay excepciones, como la antigua Casa Coloma, en La Floresta.
Desde varios sectores se pide el veto total a esta iniciativa legislativa. La organización Constructores Positivos, por ejemplo, sostiene que esta propuesta frenaría el crecimiento urbanístico en el país, limitaría las opciones de desarrolladores inmobiliarios y forzaría a los dueños de las viviendas a incurrir en altos gastos para la conservación de sus viviendas.
“Creemos en un país que valore y proteja su historia, pero sin frenar su desarrollo y sus oportunidades de progreso”, dice la organización.
