Hablar de seguridad social implica referirnos a un derecho humano fundamental que tiene toda persona y que le permite atender necesidades derivadas de contingencias provocadas por la enfermedad, vejez, invalidez, riesgos del trabajo, muerte, desempleo, etc., y que, precisamente, deriva en la práctica no solamente en la no disponibilidad o merma significativa de ingresos para la persona y su núcleo familiar, sino que también compromete su bienestar y hasta propia supervivencia.
De ahí que el Art. 369 de la Constitución establezca que el seguro universal obligatorio debe extenderse a toda la población urbana y rural, con independencia de su situación laboral, lo cual implica la determinación de un sistema de seguridad social que atenúa la pobreza y que promueve con su acción la inclusión social. Evidentemente, con ello se reduce inequidades y se crean, consecuentemente, las condiciones para un crecimiento sostenido de la economía y de una redistribución de la riqueza, no desde la lógica excluyente del mercado sino con una visión que apuntala la justicia social.
Si bien la norma constitucional define el horizonte a seguir en materia de seguridad social, no obstante, en la práctica, aún estamos lejos de incorporar a todas las personas, por su sola condición de tales, a un esquema de cobertura social que le asegure condiciones mínimas frente a hechos que pudieren a lo largo del ciclo vital, afectarle de manera individual y desde luego familiar.
Tampoco podemos desconocer la gran dependencia que existe entre un sistema de seguridad social respecto del desempeño de la economía nacional; pues, si una economía se ralentiza y, peor, decrece, entonces se limita las posibilidades de aumentar la formalidad laboral y la consecuente incorporación de afiliados al sistema.
Basta mencionar, a modo de ejemplo, que los sistemas de pensiones -y esto sucede en todo el mundo- están sometidos a presiones derivadas de cambios demográficos, escenario en el que se tiene a una población que cada vez envejece más, como resultado de una mayor esperanza de vida, así como por una decreciente tasa de natalidad, lo cual reduce la incorporación de jóvenes al sistema de cotización.
El resultado de estos cambios se traduce en una relación cada vez menor entre afiliados activos y pensionistas, lo cual resulta preocupante sobre todo para modelos de reparto o de solidaridad intergeneracional como es el caso de Ecuador, en el que los afiliados activos de hoy financian las pensiones de los jubilados. En nuestro caso, la relación es de 5,45 cuando lo recomendable está en 8 afiliados activos por cada jubilado.
Desde luego, tampoco podemos desconocer la gran dependencia que existe entre un sistema de seguridad social respecto del desempeño de la economía nacional; pues, si una economía se ralentiza y, peor, decrece, entonces se limita las posibilidades de aumentar la formalidad laboral y la consecuente incorporación de afiliados al sistema.
De ahí la necesidad de enfrentar con responsabilidad un debate inaplazable como es el futuro de la seguridad social, lo cual pasa también por abordar reformas estructurales, el pago de la abultada deuda del Estado a la seguridad social, la mora patronal, así como la optimización de la gestión administrativa de un sector que resulta fundamental para el progreso de toda sociedad.
Diferir el tratamiento de temas técnicos tan sensibles conlleva a la agudización de sus problemas y del riesgo de que una bomba social explote en la cara a cualquier presidente de turno, a modo de ruleta rusa.

