La reforma judicial se originó a partir de un referéndum popular que tuvo el apoyo mayoritario del pueblo ecuatoriano, a través de reformas legales insertadas en el Código Orgánico de la Función Judicial, así como en la promulgación de la Constitución de la República del Ecuador, sus disposiciones transitorias y el régimen de Transición.
La conformación de una Veeduría Internacional fue iniciativa del Presidente de nuestro país, en virtud de los procesos de observación, que se generaron de forma institucionalizada a partir de la creación del quinto poder, que somos nosotros los ciudadanos.
Su integración fue pluralista, profesional y de un alto nivel técnico, coincidente en mantener un perfil progresista y renovador; a la par de contar como Coordinador al magistrado Baltasar Garzón Real, personaje con historia judicial mundial y que fue invitado, a través de la Función Ejecutiva, por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
El trabajo fue intenso y tal vez no se ha vislumbrado hasta ahora el papel que tuvo la Veeduría Internacional, cuya referencia y experiencia se ha intentado llevar a otros países, como mecanismo seguro de transformaciones urgentes en la Administración de Justicia bajo la óptica de enlace ciudadano – poder.
Los ejes de observación y análisis fueron los mismos de la Reforma Judicial en el Ecuador: talento humano, infraestructura física e informática, presupuesto participativo, modelos de gestión, y cooperación interinstitucional. En todas estas áreas se realizaron seguimientos de forma directa con sus actores, a través de visitas in situ, conversatorios, conferencias, entrevistas, análisis de documentos e incluso con la generosidad de sus integrantes se capacitó en las ciudades donde se acudía.
La realidad de la Administración de Justicia se pudo percibir de cerca en más de 17 provincias, visitar 300 unidades judiciales y fiscales, entrevistas con aproximadamente 3000 personas y realizar176 recomendaciones presentados en tres informes preliminares y uno final.
Se compartieron criterios con todos los sectores, como la Administración Pública, docentes, académicos, colectivos, organizaciones de Derechos Humanos, sectores que no se encontraban de acuerdo con la reforma; es decir, se tuvo la oportunidad de percibir de cerca el inicio y continuidad de la reforma judicial en un sentido amplio.
La sensación actual es la de no haberse aprovechado en su real dimensión este aporte técnico jurídico, sino convertirse en un instrumento de enfrentamientos entre oficialismo y oposición.
Han transcurrido dos años de este cambio paradigmático en la justicia ecuatoriana, tiempo suficiente para emitir criterios aproximados del resultado de una transformación que no debe ser considerada como un esfuerzo más, sino comprendida como una política pública de Estado, donde la preocupación tiene que ser permanente con objetivos y metas de larga duración, así como, de considerarla en constante cambio. Por cierto recordemos que en Chile la reforma camina por los diez años y siguen en ajustes.
La reforma fue una necesidad imperiosa del Estado ecuatoriano y de su pueblo que fue debidamente consultado, igualmente se brindó la oportunidad de realizar un cambio generacional, aunque no debía excluirse la experiencia que hasta ahora tiene sus costos. Se permitió revertir la edad promedio de jueces y fiscales, los concursos aperturaron una amplia y mayor demanda de personas que antes no tenían la oportunidad de ingresar al servicio judicial. Las unidades físicas y de tecnología permiten dotar de instrumentos actuales y cómodos, logrando un acceso de justicia en mejor calidad; los sistemas informáticos facilitan el acceso de información sobre causas. Los salarios se han equilibrado y pueden ser considerados como dignos de acuerdo al nivel de responsabilidad. La creación y fortalecimiento de unidades especializadas de niños, , mujer y familia permite atender necesidades imperiosas de estos grupos de atención prioritaria.
Todo es perfectible pero debemos avanzar en el fortalecimiento de la independencia judicial, aunque también congratula que el Consejo de la Judicatura definitivo ya se haya pronunciado, en algunos casos, sobre que el error inexcusable es un atentado a la independencia interna y que no debe pronunciarse sobre la revisión de decisiones jurisdiccionales.
La Escuela Judicial es un imperativo necesario e ineludible porque se encuentra ausente la formación inicial y continua para todos actores del sistema de Administración de Justicia, dentro de los cuales los profesionales del Derecho no hemos sido considerados en estos procesos; además no deben circunscribirse a cursos o seminarios de poca duración.
En cuanto a la conformación de la Corte Nacional la Veeduría Internacional fue enfática en señalar que en la última fase, esto es lo relativo a las entrevistas finales, no existió un parámetro de evaluación, lo cual pudo haber ocasionado desfases en la asignación de cargos de jueces, por lo que emplazó a que dicho organismo se pronuncie. La Constitución de la República del Ecuador en su Art. 173 dispone que los órganos de la Función Judicial resolverán los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado, ante lo cual decidieron no hacerlo por falta de competencia y delegar al Consejo de la Judicatura en transición, organismo que declaró la legalidad del concurso y descartó una oportunidad para justificarse ante el pueblo ecuatoriano. Debe reivindicarse que los actuales jueces y conjueces de la Corte Nacional han podido columbrar su carrera judicial y fiscal.
El informe final así como sus preliminares fueron presentados al Consejo de la Judicatura en transición y Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, este último decidió realizar un seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones, así como coordinar con las Instituciones públicas las observaciones realizadas; a pesar de lo cual se desconoce el cumplimiento del compromiso adquirido. Actualmente se discute el proyecto de Código Integral Penal oportunidad que tendría la Asamblea Nacional para que revise las posibles reformas legales que la Veeduría Internacional señaló; seguro aportarán en la discusión de esta iniciativa legislativa.
El Consejo de la Judicatura actual en sus actuaciones ha optado por algunos de los aportes realizados por la Veeduría Internacional, situación que satisface, dejando en claro que jamás existió el más mínimo afán de debilitar una reforma estructural, que fue ineludible e impostergable.

