Icono del sitio Plan V

¡Naturalmente, tenemos derechos!

En la ceremonia de despedida del comunero de Imbabura José Guamán, una activista exhibe un letrero con una declaración de lucha. Foto: Inredh

En estas semanas de octubre, frente al paro nacional, los lenguajes, expresiones y afirmaciones que se hicieron en las redes y en los medios de comunicación dieron cuenta de una sociedad polarizada y de una comprensión particular, de un lado y del otro, respecto a los derechos.

Expresiones raciales, clasistas, sexistas, excluyentes, discriminatorias e irrespetuosas se lanzan sin ningún reparo. Se habla del derecho a trabajar, a protestar, a resistir, a circular libremente. Frente a las circunstancias que vivimos conviene revisar ¿qué son los derechos para la sociedad?

Son herramientas fundamentales que garantizan la dignidad, la libertad y la justicia. Son pactos éticos, políticos y jurídicos que establecen acuerdos para vivir juntos.

¿Qué representan los derechos en una sociedad? Un límite al poder. Una guía para la convivencia. Un horizonte de inclusión. Una herramienta de transformación social

Los derechos plantean cambiar estructuras injustas, abrir caminos a nuevas libertades y corregir desigualdades históricas. Una sociedad que no hace un adecuado ejercicio de sus derechos está fragmentada, es vulnerable y tiene riesgo de repetir sus errores.

Los derechos son la columna vertebral de una sociedad justa. Cuando los derechos se conocen, respetan y defienden, es posible que las personas vivan con dignidad, que los conflictos se resuelvan y se pueda avanzar hacia una sociedad más democrática, justa, sostenible, equitativa e incluyente.

Es importante conocer los derechos para que la ciudadanía pueda protegerse de abusos y arbitrariedades. Conocer los derechos promueve la empatía y el respeto entre grupos diversos. Una sociedad que conoce sus derechos puede impulsar reformas, exigir justicia y crear nuevas formas de convivencia.

El ejercicio de los derechos ha permitido reconocer las necesidades de poblaciones históricamente marginadas: esclavos, mujeres, indígenas, personas con discapacidad, etc..

Un pacto de convivencia

El origen de los derechos es una historia compleja que relaciona aspectos de la filosofía, política, religión y luchas sociales. Para conocer sus raíces filosóficas y religiosas habría que ir hasta la Grecia y Roma antiguas, revisar lo que plantea la tradición judeocristiana. Los derechos naturales en la Edad Moderna incluyen revoluciones liberales como la Revolución estadounidense (1776): Declaración de Independencia proclamó derechos inalienables; la Revolución francesa (1789): Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano estableció derechos universales. Los derechos comenzaron a incluirse en constituciones escritas, convirtiéndose en normas jurídicas obligatorias. En el siglo XX se pasó de derechos individuales a derechos sociales, como educación, salud y trabajo; fue el siglo de los Derechos Humanos.

Así, después de la Segunda Guerra Mundial se adoptó la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), reconociendo los derechos civiles y políticos, para incorporar después los derechos económicos, sociales y culturales. Cabe mencionar los tratados internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) y el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Toda adquisición de derechos en la historia ha sido el resultado de procesos profundos de lucha, resistencia y visibilizan las injusticias que durante mucho tiempo fueron ignoradas o normalizadas.

Después de la Segunda Guerra Mundial se adoptó la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), reconociendo los derechos civiles y políticos, para incorporar después los derechos económicos, sociales y culturales.

Los grupos de poder económico, político o dominantes suelen resistirse a reconocer derechos que cuestionan sus privilegios. Los avances en derechos han venido de abajo hacia arriba. Las luchas sociales nombran lo que se invisibiliza y han servido para poner en el centro temas que no existían políticamente, como el racismo, el machismo, la pobreza, la diversidad sexual, la discapacidad, los impactos socioambientales del extractivismo, entre otros.

Los derechos no son estáticos: evolucionan con las sociedades, sus valores y sus desafíos. La sociedad exige que se reconozcan los derechos y que las leyes cambien. Las manifestaciones, marchas, paros, cartas, arte, activismo e incluso reflexiones filosóficas han sido herramientas clave para abrir camino a nuevos derechos.

Cada uno de los derechos que en la actualidad aparece como “normal” fue en algún momento impensable, radical e incómodo.  Conocer su historia es reconocer el valor de quienes lo defendieron. Los derechos no se heredan: se ejercen, se cuidan y se expanden.

Imaginemos a una piedra que se lanza al agua y va creando varios círculos concéntricos que se expanden. Esta imagen puede ilustrar como los derechos se amplifican. Actualmente, existen derechos de varias generaciones.

Primera generación: Derechos civiles y políticos (libertad, igualdad ante la ley).

Segunda generación: Derechos sociales, económicos y culturales (educación, salud, trabajo).

Tercera generación: Derechos colectivos (medio ambiente, paz, desarrollo).

Cuarta generación: Derechos digitales, neuroderechos, y como una nueva categoría, los derechos de la naturaleza.

La naturaleza tiene derechos

La constitución de Ecuador del 2008 tuvo un enfoque más amplio, inclusivo y garantista de los derechos humanos. La progresión de derechos refleja una transformación profunda en la manera en que el Estado reconoce y protege a sus ciudadanos.  Esta progresión muestra cómo el país transitó de un modelo excluyente a uno que busca la dignidad humana, la justicia social y el respeto a la diversidad.

Pero hay algo mucho más potente, Ecuador tiene la primera constitución en el mundo que incluye los derechos de la naturaleza. Siendo el país, uno de los 17 países megadiversos del planeta, esto adquiere una relevancia significativa.

Parque Nacional Yasuní. Foto: Andreas Kay

Los derechos de la naturaleza han sido aplicados en una cuarentena países, destacando casos emblemáticos en España, Colombia, Nueva Zelanda, Alemania, Canadá y Bangladesh, donde varios ecosistemas han sido reconocidos como sujetos de derechos,  pasando de un modelo antropocéntrico, que tenía al ser humano en el centro, a un enfoque biocéntrico, donde todas las especies tienen un valor intrínseco, dejando al margen aquella visión de que el ser humano es la corona de la creación. Aceptémoslo, en realidad quien nos da derecho a nuestra existencia es la Madre Tierra o Pachamama.

Un creciente reconocimiento mundial

En 2008, Ecuador marcó un hito histórico al incluir los derechos de la naturaleza en su Constitución. Desde entonces, voces de todo el mundo —juristas, activistas, pueblos indígenas, artistas, científicos— han celebrado esta iniciativa como un giro urgente hacia la justicia ecológica. Estas voces no solo felicitan: inspiran, movilizan si no que hacen un llamado urgente a amplificar su eco.

Vandana Shiva, física, filósofa y escritora india, conocida mundialmente por su activismo en defensa de la biodiversidad, afirma que los derechos de la naturaleza son esenciales para restaurar la democracia de la Tierra, proteger la vida y resistir el modelo extractivista que convierte lo vivo en mercancía. Para ella, reconocer a la naturaleza como sujeto de derechos es un acto ético, político y espiritual.[1]

Enrique Leff, economista, sociólogo ambiental y filósofo mexicano, sostiene que los derechos de la naturaleza surgen como respuesta a una “crisis de civilización”, y representan una reapropiación ética, cultural y jurídica del mundo frente a la racionalidad económica que lo cosifica y degrada.[2]

Comunidades y colectivos han usado estos derechos para frenar proyectos que tendrían severos impactos socioambientales y, en otros casos, para exigir restauración ecológica.

Yayo Herrero, antropóloga, ingeniera y ecofeminista española, afirma “estamos obligados a mirar de frente, a reflexionar críticamente y a trazar itinerarios que nos conduzcan a construir un nuevo pacto social que involucre a las personas —iguales y diversas— y a la naturaleza.” Ella afirma que no hay economía ni tecnología posible fuera de la red de la vida, y que debemos construir sociedades que pongan la vida en el centro.[3]

Joan Martínez Alier, economista ecológico catalán, pionero en ecología política y creador del concepto de “ambientalismo de los pobres”, afirma que “los derechos de la naturaleza no son solo una innovación legal, sino una expresión de justicia ecológica que emerge desde los pueblos que resisten.” Sostiene que los derechos de la naturaleza no solo se expresan en constituciones como la de Ecuador, sino también en las luchas cotidianas de comunidades indígenas, campesinas y afrodescendientes que defienden sus territorios como parte de la vida.[4]

Los derechos de la naturaleza han inspirado reformas similares en diversas partes del planeta y movimientos globales. Existen muchos casos emblemáticos en Ecuador y el mundo:[5]

Naturaleza con voz propia: hacia una justicia que escucha

En Ecuador, la naturaleza puede ser defendida en tribunales, a través de acciones legales para preservar ríos, bosques, especies y ecosistemas. La Corte Constitucional ha desarrollado principios como in dubio pro natura (en caso de duda, a favor de la naturaleza) y precaución, fortaleciendo el marco legal ambiental. La legislación secundaria debe seguir desarrollándose y los jueces aún enfrentan ciertas dificultades para aplicarlos. Recientemente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha reconocido a la naturaleza como sujeto de derechos en el contexto de la emergencia climática, a través de su Opinión Consultiva OC-32/25.

Comunidades y colectivos han usado estos derechos para frenar proyectos que tendrían severos impactos socioambientales y, en otros casos, para exigir restauración ecológica. Empresas mineras, petroleras y agrícolas han cuestionado la aplicación de estos derechos, argumentando que generan inseguridad jurídica y afectan la inversión.

Destaquemos un caso emblemático, el 1 de diciembre de 2021, la Corte Constitucional falló a favor de la naturaleza. Reconoció que el Bosque Protector Los Cedros, ubicado en el valle de Intag, Imbabura, es hogar de especies únicas y vulnerables, como la ranita arlequín hocicuda (Atelopus longirostris). En una sentencia histórica reconoció simultánemante los derechos al ambiente sano de las comunidades de dicha región y los derechos de la naturaleza de ese territorio; el derecho humano al agua y el derecho a que se respete el ciclo vital del agua; así como los derechos de participación de sus habitantes. La Corte Constitucional bloqueó el proyecto minero reconociendo que afectaría todos esos derechos, destacando los derechos de la naturaleza, incluyendo especies endémicas y ecosistemas frágiles.

Bosque Protector Los Cedros. Foto: El Universo

En Ecuador y el mundo, los derechos de la naturaleza han logrado avances históricos, marcando precedentes legales y éticos para la defensa del futuro. ¡Naturalmente, tenemos derechos! ¡La naturaleza no se rinde, sus comunidades tampoco!

En el caso del Río Piatúa, la Corte Constitucional en el 2020, suspendió un proyecto hidroeléctrico que amenazaba el río sagrado del pueblo kichwa, reconociendo su valor ecológico y cultural.

La comunidad indígena A’i Cofán logró detener concesiones mineras ilegales en su territorio ancestral, con base en los derechos de la naturaleza y la consulta previa. El caso Sinangoe tuvo lugar en el 2018.

En el 2011, un tribunal reconoció que el río Vilcabamba, había sido dañado por obras viales, ordenando su restauración como sujeto de derechos.

Estrellita era una mona chorongo (Lagothrix lagotricha) que vivió desde bebé con una familia en Ambato. Después de 18 años en 2019, el Ministerio del Ambiente decomisó a Estrellita por tratarse de un animal silvestre en tenencia ilegal, y la trasladó a un zoológico.

Estrellita murió un mes después, antes de que se resolviera el hábeas corpus interpuesto por su cuidadora. A pesar de que el animal falleció, la Corte Constitucional en el 2022, reconoció que los animales silvestres son parte de la naturaleza y sujetos de derechos.

En Colombia, en el 2016, la Corte Constitucional declaró al río Atrato como sujeto de derechos, ordenando su protección, restauración y participación comunitaria en su cuidado. Allí ya existe una veintena de ríos que han objetido el estatus de sujetos de derechos.

En Canadá, el río Magpie / Mutehekau Shipu fue reconocido en el 2021 como sujeto de derechos por la comunidad Innu y respaldado por autoridades locales, marcando un precedente en América del Norte.

En Bangladesh, en 2019 La Corte Suprema otorgó derechos legales a todos los ríos del país, permitiendo acciones legales para frenar la contaminación y ocupación ilegal.

En Ecuador y el mundo, los derechos de la naturaleza han logrado avances históricos, marcando precedentes legales y éticos para la defensa del futuro.

¡Naturalmente, tenemos derechos! ¡La naturaleza no se rinde, sus comunidades tampoco!

[1] Conferencia “Democracia de la Tierra y Derechos de la Naturaleza” – Quito, 2011 (PDF)

[2] Entrevista a Enrique Leff. Inquietudes ambientales, humanas y sociales – Crisis ambiental – Blog de medio ambiente

[3] Toma de tierra – Caniche Editorial

[4] Land, Water, Air and Freedom

[5] Rights of Nature Map – Global Alliance for the Rights of Nature

Salir de la versión móvil