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La cruzada por la libertad de asociación

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Organizaciones sociales de los sectores más diversos se han enfilado contra el Decreto 739, más conocido como Decreto 16. Este instrumento que, según el Régimen, busca regularizar a las organizaciones ha sido calificado más de una vez como una disposición que viola un derecho fundamental: la libre asociación.

La semana pasada, por primera vez, trabajadores, empresarios, indígenas y colectivos defensores de derechos humanos se pronunciaron de forma conjunta contra el Decreto y exigieron su derogatoria. Desde que fue expedido en junio de 2013, colectivos y organizaciones habían alertado sobre sus riesgos, pero estos reclamos habían caído en el olvido en el gobierno de Rafael Correa.

En lugar de ello, el Decreto 16 fue reformado con el Decreto 739 en agosto de 2015, pero mantuvo intacta casi toda de su esencia sancionadora. Hubo cuatro demandas de inconstitucionalidad, pero estas recién fueron admitidas a trámite en junio de este año. A eso se suma el proyecto de Código del Sistema de Participación Ciudadana y Control Social que está en análisis en la Asamblea y que pretende elevar a ley dicho Decreto.

En este contexto, las organizaciones mantienen sus preocupaciones. Las mismas desde hace cuatro años. Pero con claros ejemplos de sus consecuencias: organizaciones cerradas o amenazadas. Fueron los casos de Pachamama y la Unión Nacional de Educadores (UNE), que bajo el Decreto fueron disueltas. De ahí que la amenaza sigue latente. El colegio de Abogados de Pichincha, el Frente Unitario de Trabajadores, la Conaie, el Frente Popular, el colectivo Dayuma, la Cámara de Comercio de Guayaquil, el Comité Empresarial Ecuatoriano y el Consejo de Cámaras y Asociaciones de la Producción firmaron una carta dirigida al presidente Lenín Moreno. En ella expresan que el Estado debe garantizar la participación ciudadana y la autonomía de las organizaciones.

Desde que fue expedido en junio de 2013, colectivos y organizaciones habían alertado sobre sus riesgos, pero estos reclamos habían caído en el olvido en el gobierno de Rafael Correa.

Pero el Decreto 16 no solo ha reunido críticas locales, sino internacionales. Organismos tales como el Comité de Derechos Humanos de la ONU, la CIDH, entre otras, han coincidido con las observaciones de las organizaciones sociales y más de una vez han reclamado al Estado ecuatoriano para que haga correctivos y garantice la vigencia del derecho fundamental a la libre asociación. Este es un recuento de sus preocupaciones:

The International Center for Not-for-Profit Law (ICNL)

El ICNL es la principal fuente de información sobre el entorno jurídico de la sociedad civil, la filantropía y la participación pública en todo el mundo. Fue una de las primeras organizaciones internacionales en prender las alertas. En el 2014 hizo un análisis de esta normativa, que fue publicado en el libro “El derecho a reunirnos en paz: El Decreto 16 y las amenazas a la organización social en Ecuador”, editado por Fundamedios. Allí la organización internacional expuso lo siguiente:

Comité de DDHH de la ONU

El  15 de julio de 2016, los expertos del Comité hicieron duros cuestionamientos al Decreto en los siguientes términos:

Examen Periódico Universal al Estado ecuatoriano

En el Examen Periódico Universal (EPU), los Estados hicieron distintas recomendaciones al Ecuador, el  5 de mayo de 2017. Hubo mucho preocupación en relación al Decreto 16:

Canadá

Respetar plenamente el derecho a la libertad de expresión, asociación y reunión pacífica revisando las leyes, políticas y programas que regulan la sociedad civil y modificando o derogando leyes que permiten al Estado utilizar la fuerza en contra de manifestantes pacíficos, detener arbitrariamente a manifestantes, restringir los espacios de la sociedad civil o el cierre arbitrario de las actividades de las organizaciones de la sociedad civil. Dichas leyes incluyen los artículos 336, 339, 345, 346 del Código Orgánico Integral Penal, así como los artículos 22, 23, 24 del Decreto Presidencial 739

Costa Rica

Analizar la adopción de disposiciones legales y administrativas para fortalecer el libre goce de los derechos de libertad de expresión y asociación, así como la independencia e imparcialidad del poder judicial. Considerar la revisión del decreto ejecutivo número 739 sobre la regulación de las organizaciones sociales y la Ley Orgánica de Comunicación a la luz de los compromisos internacionales sobre derechos humanos

Eslovaquia

Promover, proteger y respetar el derecho a la libertad de expresión, reunión y asociación en cumplimiento de las obligaciones internacionales del país en materia de derechos humanos.

República de Corea

Realizar esfuerzos para revisar la legislación vigente existente para asegurar el pleno ejercicio de la libertad de expresión y asociación. Consolidar un ambiente adecuado para los defensores de los derechos humanos y establecer un mecanismo para su protección.

Suecia

Adoptar medidas concretas para promover y proteger el derecho a la libertad de opinión y de expresión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Garantizar el derecho a la libertad de asociación y la posibilidad de que las asociaciones lleven a cabo su trabajo sin restricciones indebidas.

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