Los asesores de la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional trabajan en el borrador de un informe que deberá recomendar o no el juicio político al presidente Guillermo Lasso en el pleno del Poder Legislativo. Este sábado, 6 de mayo, vence el plazo que los legisladores tienen para la entrega del informe al presidente de la Asamblea Nacional, según se establece en el artículo 91 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. El mismo cuerpo legal establece plazos para la difusión del informe y la convocatoria de una sesión de la Asamblea para conocerlo, pero estos podrían agilitarse y los sucesos políticos precipitarse para la próxima semana.
El documento deberá recoger las pruebas y testimonios de los comparecientes a la Comisión, que fueron escuchados en el Salón de la Libertad del Palacio Legislativo durante varias jornadas. La misma Ley Orgánica establece que en este caso no se puede pedir ninguna prórroga de ese plazo, por lo que la Comisión deberá entregar su informe obligatoriamente este sábado.
Las dudas se centran en si habrán por lo menos cinco votos para recomendar el archivo o la interpelación en el pleno de la Asamblea Nacional, y, también si la mayoría legislativa, con 70 votos, pueda decidir continuar de todas maneras con el proceso constitucional. Aunque el juicio continúe (y en este caso, destacan varios juristas, el presidente Lasso deberá comparecer en persona para defenderse) la decisión final de la censura y destitución requiere de 92 votos.
La redacción del informe de los asesores de la Comisión ha registrado ya algunos incidentes, como cuando varios legisladores correístas, encabezados por Roberto Cuero, advirtieron a dos asesores que lo redactan que no permitirán una «imposición» de un texto por parte del presidente de la Comisión, Fernando Villavicencio, quien desmintió al correísta y rechazó las que consideró presiones en contra de los asesores legislativos. La mañana de este 4 de mayo, los cinco legisladores de oposición interrumpieron la reunión de los asesores y cuestionaron a Santiago Becdach, el abogado que encabeza el equipo, al que acusaron de no estar tomando en cuenta sus criterios en el borrador.
El correísta Roberto Cuero dijo que el informe debe recoger todas las pruebas y posturas presentadas. Foto: Asamblea Nacional
Cuero dijo que el borrador del informe debería reflejar todas las comparecencias y posiciones expresadas por los legisladores durante el periodo de prueba en la Comisión, y que procederán administrativa e inclusive penalmente si los asesores no lo hacen así.
Para Villavicencio, el borrador puede ser modificado por los legisladores durante el debate en el seno de la Comisión, en el que podrán incorporar los aspectos que crean pertinentes. Villavicencio aclaró también que no es él quien está redactando el informe, y que deberá haber un solo pronunciamiento de la Comisión, para recomendar o no el enjuiciamiento político al presidente de la República.
1.- Los escenarios posibles sobre el informe: ¿puede haber informes de mayoría y minoría?
Pero la situación no parece tan clara, pues por lo menos cinco de los nueve miembros de la Comisión se inclinarían por recomendar el enjuiciamiento de Lasso, contra cuatro que apoyarían recomendar el archivo del documento. Esta ha sido la tendencia en las recientes sesiones, si bien el voto de Bruno Segovia (Ex PK-Azuay) podría ser clave, pues el legislador ha dicho que decidirá su postura hasta el final del proceso. Si la actual mayoría de cinco votos por el proceso político se mantiene, el informe del oficialismo no sería aprobado.
Las posturas de por lo menos cinco legisladores de la Comisión de Fiscalización serían a favor del juicio político. Captura de Video de La Data
Para el jurista Stalin Raza, hay algunos escenarios posibles. En primer lugar, este juicio tiene un procedimiento específico que es distinto del que se plantea en el caso del enjuiciamiento político de lo otros funcionarios, en donde se plantea un informe de posiciones que debe ser elevado a consideración del pleno legislativo. Pero en el caso del enjuiciamiento político al presidente de la República, no hay esa posibilidad. El informe debe ser entregado de todas maneras al pleno, explica Raza, pero podría ser un informe de mayoría o uno de minoría.
Al respecto, Stalin Raza dice que es posible que el borrador preparado por los legisladores que proponen archivar el proceso político, encabezados por Villavicencio, deberá ser sometido al resto de la comisión para determinar si tiene o no apoyo.
Stalin Raza, jurista.
Si ese informe no tiene apoyo, es posible que se presente un informe alternativo por parte de la mayoría de la Comisión, que debería ser votado. El informe que tenga los cinco votos de la Comisión es el que debe ser presentado al pleno, destaca Raza, quien sostiene que es posible que los legisladores de oposición ya estén trabajando su propio informe, con la intención de someterlo a votación y poder cumplir con el requisito previsto en la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
Una vez que los legisladores tengan el informe, sea el que planteen los asesores de la Comisión o el que presentaría la oposición, el documento debe ir al pleno legislativo, sea que recomiende o no el enjuiciamiento político del presidente Guillermo Lasso.
Pero Raza destaca que aunque el informe no es vinculante y la mayoría legislativa podría decidir si de todas formas sigue el juicio político, que es más difícil de sustentar el proceso político para la oposición si el informe recomienda el archivo que sino lo recomienda.
«La decisión de la posible censura y destitución tiene que ser motivada», explica Raza, por lo que el enjuiciamiento a Lasso tendría más sustento con un informe que recomiende el juicio político que con uno que lo descarte.
El jurista destaca que si se da paso al juicio político, el presidente de la República deberá responder personalmente ante la Asamblea Nacional. Los plazos que establece la ley podrían ser mucho más cortos, en especial, porque dependen del presidente de la Asamblea Nacional, por lo que lo más posible es que el titular de la Legislatura, Virgilio Saquicela, una vez recibido el informe, convoque enseguida al pleno para analizar el caso, lo que precipitaría los sucesos para la próxima semana.
2.- La última palabra en manos de la mayoría legislativa: ¿cuántos votos necesitan?
Marcelo Espinel de FCD
De su lado, el abogado Marcelo Espinel, de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, sostiene que el informe no es vinculante, por lo que la última palabra la tendrá la mayoría legislativa, que podría insistir en la censura y destitución de Lasso aun cuando en la Comisión se recomiende lo contrario.
Espinel explica que en caso de que la Comisión recomiende el archivo del proceso político, el artículo 83 de la Ley Orgánica permite al pleno legislativo revertir esa decisión, con una mayoría absoluta de 70 votos, lo que sería posible actualmente dada la cantidad de apoyos con que cuenta la oposición.
La Comisión de Fiscalización también podría, explica MARCELO Espinel, simplemente «omitir» enviar el informe, lo que no impedirá que sea el pleno el que trate el asunto y decida.
Espinel precisa también que en caso de que el informe recomiende el proceso político, este se activa automáticamente, sin otra aprobación del pleno, según el mismo artículo 83.
Las reformas recientes a la fiscalización en la Asamblea, destaca Espinel, le conceden al pleno legislativo la posibilidad de decidir sobre este tipo de procesos, pues antes la Comisión de Fiscalización decidía sin elevarlo al pleno, lo que la convirtió en una «comisión de archivo» que detenía los procesos de fiscalización.
3.- Y si no hay los votos en la Comisión: ¿Podría quedar el juicio en el limbo?
Ismael Quintana, constitucionalista
El constitucionalista Ismael Quintana anticipa otros escenarios adicionales: el artículo 91 de la Ley Orgánica establece que la Comisión tiene la obligación de enviar el informe, pues dice claramente que la mesa legislativa debe remitirlo. La falta de votos no podría ser invocada para que la Comisión no entregue el parecer para el conocimiento de todos los legisladores.
Este informe, señala Quintana, solo tiene dos posibles contenidos: o se recomienda el archivo o se recomienda que el juicio siga. Pero, ¿qué pasa si no hay los votos ni para lo uno ni para lo otro?
Quintana sostiene que algunos pretenden argumentar que la interpelación estaría en un especie de limbo y podría considerarse archivada, pero en ese caso, Quintana cree que se debe aplicar el artículo 142 de las reformas a la Ley Orgánica en 2020, que establece que si las comisiones legislativas especializadas no remiten su informe, el caso debe pasar al conocimiento del pleno y este deberá tomar una decisión sobre si se llama o no al presidente de la República al juicio.

